Vistas de página en total

sábado, 2 de agosto de 2014

NOTICIAS PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA SEMANA (28.07.14-02.08.14)

-Cristiano Ronaldo demandado en USA por su marca CR7 (USA).

La marca de ropa creada por Cristiano Ronaldo (CR7) se ha encontrado con un problema al desembarcar en USA, porque resulta que la marca CR7 ya esta registrada en USA desde 2009 por Christopher Renzi, quien comercializa ropa deportiva y productos de fitness.

                                                                                                                


La marca viene por las iniciales de Christopher Renzi (CR) y su fecha de nacimiento (7 de octubre).

Renzi ha demandado al jugador y a la empresa danesa que comercializa sus productos (JBS Textiles Group) por acoso, pues desde hace varios meses, dicha empresa le viene presionando para que cambie el nombre de su marca. Asimismo denuncia que los abogados de Cristiano Ronaldo están ejerciendo toda su influencia para que el registro de marcas americano declare la nulidad de la marca CR7 de Renzi.

Los abogados de Cristiano Ronaldo tachan a Renzi de oportunista y de querer aprovecharse del nombre de Cristiano Ronaldo conocido popularmente como CR7.

Los Tribunales decidirán (Fuente: Reuters).   

-Delimitación judicial al alcance de la Ley Sinde (España).

La Audiencia Nacional en Sentencia de 22 de julio de 2014 (asunto Quedelibros) ha delimitado de forma importante el alcance del procedimiento para eliminar contenidos vulneradores de la propiedad intelectual en la vía administrativa contenido en la llamada Ley Sinde.

La Sentencia declara la nulidad de pleno derecho de las actuaciones de la Comisión Sinde contra la web "Quedelibros", estableciendo que el procedimiento de notificación y retirada  de contenidos "no puede dirigirse formalmente contra los interemediarios, sin perjuicio de que se pueda exigir a estos últimos determinados comportamientos a fin de asegurar la eficacia de las medidas que finalmente se adopten"..

Claramente la Sentencia señala que "Los prestadores de servicios de intermediación no son los que realizan la conducta vulneradora", es decir, no se puede actuar exclusivamente contra un sitio web que facilita enlaces a descargar. Por tanto, concluye que el procedimiento recogido en el artículo 158.4 de la Ley de Propiedad Intelectual y desarrollado por el Real Decreto 1889/2011, de 30 de diciembre, no puede ser dirigido exclusivamente contra los intermediarios, cuando sino que debe estar incurso un responsable del servicio de la sociedad de información (Fuente: El Mundo).

-Victoria Secret pierde la disputa por la marca Pink (Reino Unido) 

                      

La marca de camisas de lujo Thomas Pink, ha ganado la disputa en los Tribunales de Reino Unido por el uso de la marca "Pink" contra Victoria Secret, especializada en ropa interior. 

Según el Juez inglés Colin Birss, "Pink" podría confundir a los clientes, que podrían asociar las camisas tradicionales con la ropa interior, lo que podría causar un perjuicio al renombre de la marca de Thomas Pink.

Juzguen Ustedes mismos si existe o no confusión (Fuente: The Style of the Case).

-Deniegan llamarse "Skywalker" por infracción de marca (Reino Unido).

La  Oficina de Pasaportes del Reino Unido ha denegado la inscripción como segundo nombre de "Skywalker" por infracción de la marca titularidad de Lucasfilm.


                 SKYWALKER



Laura Matthews cambió su segundo nombre por Skywalker y firmaba como "L. Skywalker" (Fuente: World Trademark Review).

-Intervención de bolsos falsificados en Palencia (España).

La Guardia Civil intervino 191 bolsos falsos de diferentes marcas (Tous, Chanel, ...) en un vehículo en la localidad palentina de Guardo, que se dirigía al mercadillo semanal para su venta (Fuente: Europa Press).

-Y 13.000 perfumes falsificados en Alicante (España).

Por su parte la Policía Local de Alicante intervino 13.000 perfumes falsos en una nave industrial próxima a Alicante, que eran distribuidos a locales y droguerías para su comercialización haciéndolos pasar como productos auténticos (Fuente: Yo soy original).

-A las entidades de gestión les paga hasta Dios (Argentina).

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Necochea ha condenado a FM Bendición 99.1 Mhz, emisora propiedad de la Asociación Evangélica Asambleas de Dios a pagar el canon a la Sociedad de Autores argentina.

La Asociación religiosa sostenía que en los radios evangélicas, la música no es para espectáculo o entretenimiento, sino para el ejercicio del culto y por tanto no tenía un sentido comercial y la tasa por tanto vulneraba el derecho de libertad religiosa.

La Sentencia desestimó todos estos planteamientos porque la ley no distingue entre entidades con o sin ánimo de lucro. El fallo además cita el Evangelio de San Mateo, en el que Jesús señala que debe darse a Dios y al César lo que a cada uno corresponde (Fuente: La Nación).

-Kiko Rivera denunciado por un delito contra la propiedad intelectual (España).

El compositor Guille "El Invencible" ha denunciado a Kiko Rivera por un presunto delito contra la propiedad intelectual por plagiar y apoderase de la obra "Así soy yo", reclamándole 359.000 € por daños morales (Fuente: Telecinco)

                                      


No hay comentarios:

Publicar un comentario