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martes, 30 de septiembre de 2014

ESPECTÁCULO INNECESARIO.

La semana pasada se publicaba en varios medios la noticia de que la Fiscalía de Guipúzcoa solicitaba para un vendedor ambulante de origen africano ("mantero"), al que le fueron intervenidos 118 CD y 45 DVD, dos años de cárcel, a sustituir por su expulsión del territorio español por 10 años por encontrarse en situación irregular (en algunos medios decían erróneamente que las dos cosas), multa de 2.700 € e indemnización a SGAE y a otras asociaciones de gestión de derechos en 500 €.

Ello motivó las quejas de asociaciones como SOS Racismo y de la plataforma de sin papeles Mbolo Moy Doole e incluso una concentración de protesta ante la Fiscalía Superior del País Vasco.

Los hechos a enjuiciar se remontaban al 2 de agosto de 2009 ocurridos en la localidad de Zarautz cuando estaba en vigor el CP de 1995 que penaba los delitos contra la propiedad intelectual con una pena de 6 meses a 2 años de prisión.

Sin embargo, el 23 de diciembre de 2010 entra en vigor la Ley Orgánica 5/2010, de reforma del Código Penal, que modifica el artículo 270 CP, introduciendo un tipo atenuado (cuyas penas van de 3 a 6 meses de multa o 31 a 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad) y la consideración de falta cuando el beneficio obtenido no fuera superior a 400 € (cuyas penas oscilan entre los 4 a 12 días de localización permanente o multa de 1 a 2 meses).

El propio Preámbulo o Exposición de Motivos de dicha Ley Orgánica, señala claramente "El agravamiento penalógico operado por la Ley Orgánica 15/2003, en el ámbito de los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial ha evidenciado una cierta quiebra de la necesaria proporcionalidad de la pena en el caso de conductas consistentes en la venta a pequeña escala de copias fraudulentas de obras amparadas por tales derechos, máxime cuando frecuentemente los autores de este tipo de conductas son personas en situaciones de pobreza, a veces utilizados por organizaciones criminales, que con tales actos aspiran a alcanzar ingresos mínimos de subsistencia".

Por tanto, una vez que entra en vigor la reforma del CP es aplicable a los hechos ocurridos el 2 de agosto de 2009 por ser más beneficiosa su aplicación al reo, siendo el supuesto de autos (vendedor ambulante sin papeles) un caso de manual sobre la propia interpretación de la aplicación de la ley.

Dada la ausencia de dato contable alguno para conocer ese supuesto beneficio, la jurisprudencia mayoritaria calcula ese presumible beneficio obtenido del hipotético beneficio que hubiera obtenido el infractor con la venta de los objetos incautados. Y por la venta de 118 CD y 45 DVD es bastante fácil concluir que el beneficio que hubiera obtenido fuera inferior a los 400 €.

Sin embargo la Fiscalía aplicó otro criterio para el cálculo del beneficio, el del precio de venta al público de los CD y DVD originales, cifrándolo en más de 4.000 €. Es un criterio absolutamente minoritario en los Tribunales y de resultados mucho más dispares. Por ejemplo, aplicando este criterio, la intervención de un simple bolso Christian Dior o Louis Vuitton a un ambulante cuyos precios superan con creces los 400 € nos llevaría a calificarlo como un delito.

Pero aún dando por bueno el criterio del Fiscal lo que no se entiende ni es proporcional es que solicite dos años de prisión porque si entendía que había delito podía perfectamente aplicar el tipo atenuado (multa o trabajos en beneficio de la comunidad) o solicitar una pena menor pues los dos años son el máximo del tipo general. Y todo ello entendiendo que el Ministerio Fiscal debe velar por el cumplimiento del principio de legalidad pues es la acusación pública y no la particular.

Flaco favor creo que esta posición errónea de la Fiscalía hace a los titulares de los derechos, pues la publicidad generada por las noticias aparecidas en prensa sobre este hecho creo que producen un efecto negativo sobre la persecución de la piratería. 

Lo que a los titulares de derechos les interesa es llegar a los distribuidores, a los importadores o a los fabricantes de productos piratas o falsificados no el llamado menudeo. Éste únicamente interesa como fuente de información para las investigaciones, para los seguimientos policiales o en determinados supuestos para realizar operaciones de limpieza de mercado cuando su presencia en las calles se vuelve demasiado visible y perjudican al comercio legal.   

Finalmente el día del juicio y con la prensa y las cámaras de televisión presentes en el Juzgado, la Fiscalía cambió su calificación y llegó a una conformidad  con el acusado por una falta, condenándolo el Juzgado Penal nº 1 de Donostia al pago de 90 € de multa y a indemnizar a las entidades de gestión SGAE, AGEDI y ADIVAN con un total de 507 €.

SOS Racismo pidió después en una nota que las entidades de gestión renunciaran a la indemnización para así facilitar al condenado el pago de la multa y así terminar con su responsabilidad penal.

SGAE ya ha expresado que renuncian a este tipo de indemnizaciones de ambulantes desde 2010.

Fin de la historia.

¿Era necesaria esta actuación tan contundente de la Fiscalía para un final como éste?. En cambio en otros procedimientos por delitos contra redes de distribución de producto falsificado su postura es mucho menos beligerante o sus peticiones de pena inferiores. 

¿Para cuando un criterio común y más coherente en la Fiscalía?. Así evitaríamos estos espectáculos innecesarios.

domingo, 28 de septiembre de 2014

NOTICIAS PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA SEMANA (21.10.14-27.10.14)

-Nueva acusación de plagio contra Frozen:

La escritura peruana Isabella Tanikumi ha demandado a Disney porque considera que la película Frozen se basa en su autobiografía. Solicita una indemnización de 250 millones de dólares por los derechos de la historia, que sería su vida.

Para la demandante la trama de Frozen es exactamente igual que la historia de su vida: un terrible terremoto en 1970 en Huaraz (Perú) y la muerte inesperada de su hermana, Laura.

Disney respomde que Frozen se basa en el cuento de La Reina de las Nieves de Hans Christian Andersen  

¿Una frivolidad más para salir en las noticias o tendrá alguna razón de ser la demanda?.

Muchas cosas tendrán que coincidir dada la fantasía de la película. La Justicia decidirá (Fuente: Europa Press).

-Messi quiere la marca "LEO" para sus vinos.

Lionel Messi tiene problemas para registrar la marca "LEO" para sus vinos en la Unión Europea pues se encuentra con la oposición de una empresaria portuguesa, María Leonor Pires Freitas Campos, que gestiona una bodega familiar llamada "Ermenegilda Freitas" y que comercializa un vino con la marca "Leo D´Honor", previamente registrada a la de Lionel Messi.

                    
                      CC BY-SA 3.0

La OAMI (la oficina de registro de marca comunitaria) falló en contra de la solicitud de Messi argumentando la similitud entre las marcas y los productos asociados a ella. Messi ha recurrido ahora ante el Tribunal General de la UE.

La OAMI justifica la denegación en que ambas marcas son similares y la diferencia entre una y otra (D´Honor) no es suficientemente significativa (Fuente: Expansión).

-La Premier League lucha contra la piratería.

La Premier League se ha asociado con una de las principales compañías mundiales en protección de derechos para apoyar su lucha contra la piratería.

La labor de esta compañía será obtener evidencias para poder emprender acciones legales contra los proveedores de sistemas de radiodifusión ilegal que permiten visionar los partidos de la liga inglesa (Fuente: La Jugada Financiera).

-Activision solicita que se desestime la demanda del ex-dictador Manuel Noriega.

La compañía de videojuegos Activision ha solicitado a la Corte Superior de Los Ángeles que desestime la demanda interpuesta por el ex-dictador panameño Manuel Noriega. 

                         

El ex-dictador reclama una indemnización por el uso de su imagen en el videojuego "Call of Duty. Black Opps II" sin su consentimiento.

Activisión se ampara en el derecho de libertad de expresión y argumenta que las tramas de "Call of Duty", juego de operaciones especiales, se basan en noticias de prensa, pero que se trata de una ficción y justifican la utilización de personajes históricos en los juegos (Fuente: La Vanguardia).

-Operación Real de la Interpol:

Operación internacional contra la piratería en los países asiáticos que terminó con más de 660 personas detenidas o investigadas y con el decomiso de un millón de productos falsificados, entre ellos alcohol, tabaco, cosméticos, ropa y aparatos eléctricos (Fuente: La Vanguardia).

-Batalla por una marca entre grupos de ukelele.

Un grupo de ukelele británico (The Ukelele Orchestra of Great Britain) ha perdido su batalla por infracción de marca contra otra banda de ukelele alemana (United Kingdom Ukelele Orchestra). Ambos grupos tocan canciones contemporáneas (Fuente: BBC News).

                                 Ukulele1.png

-La inclusión del mercado A Pedra de Vigo en la lista negra de la piratería mundial de USA llega al Parlamento.

La diputada del BNG Olaia Fernández solicita al Ejecutivo que pida explicaciones a las autoridades de EEUU y excluya al mercado de A Pedra de la lista negra por estar fuera de toda lógica su inclusión pues se realiza de forma subjetiva y sin responder a criterio alguno (Fuente: Atlántico),

-Intervenciones policiales:

-La Policía Local de Poio (Pontevedra) intervino a un vendedor ambulante el pasado fin de semana numerosas prendas de conocidas marcas presuntamente falsificadas (Fuente: Faro de Vigo).

-Intervención en Sant Antoni de Portmany (Ibiza) de más de 1.000 artículos falsos de marcas de lujo (bolsos, gafas y relojes) a un ciudadano senegalés (Fuente: Nou Diari).

-La Guardia Civil ha intervenido ya este fin de semana casi 600 camisetas y 169 pegatinas falsas con logos de Marc Márquez, Valentino Rossi y Dani Pedrosa en los alrededores del circuito donde se celebra el Gran Premio de Motociclismo (Fuente: La Comarca).

           

sábado, 27 de septiembre de 2014

VERGUENZA Y SONROJO. UNO DE LOS PROCESOS MÁS LARGOS DE LA HISTORIA JUDICIAL ESPAÑOLA.

La semana pasada me llegó la notificación de la remisión al Juzgado de lo Penal de un procedimiento para su enjuiciamiento. Vaya lo habitual. Pero en este caso no.

¿Por qué?.

Pues porque este procedimiento se inició en 1995

Pensarán Ustedes que debe tratarse de un asunto de enorme complejidad, delitos fiscales o similares, miles de pruebas, comisiones rogatorias, muchísimos acusados y perjudicados.

La respuesta es no, es por un presunto delito contra la propiedad industrial.

Breve Historia:

Año 1995: Se inaugura Port Aventura, Arancha Sánchez-Vicario se convierte en la primera tenista española en ser número 1 del mundo, sale al mercado Windows 95, se celebra en Palma de Mallorca por primera vez un juicio con jurado popular con carácter experimental, fallecen Lola Flores y su hijo Antonio, la desgraciada matanza en Bosnia esta en pleno apogeo y asesinan al primer ministro israelí Isaac Rabin.

En lo personal el que suscribe cursa su tercer año de Derecho después de haber hecho la "mili"(si, los que empezamos a tener ya una edad teníamos que hacer el servicio militar en esa época todavía) y lo de la propiedad industrial, la verdad, no me sonaba mucho.

Pues en esa misma época, en concreto el 25 de mayo de 1995 se practica por la Guardia Civil una intervención de productos falsificados en un almacén. Con posterioridad se realizan otras intervenciones de productos en otros almacenes vinculados siendo la última de ellas el 10 de julio de 2006 (último hecho acumulado y enjuiciable). 

A partir de ahí una instrucción a paso de tortuga que culmina en el año 2005 con el dictado del Auto de transformación en Procedimiento Abreviado. Para la apertura de juicio oral contra siete acusados y seis sociedades como responsables civiles subsidiarios ya tenemos que esperar al 20 de julio de 2008 y hasta fechas recientes para la unión de todos los escritos de defensa, agravado por el hecho de que la mayoría de las sociedades han desaparecido.

Por el camino han pasado no sé cuantos abogados (yo lo heredé de un compañero que se jubiló) y por lo menos 10 jueces de instrucción.

Muchos pensaréis que el delito ha prescrito. Lo cierto es que algunas de las defensas así lo han planteado y seguro que se planteará como cuestión previa el día del juicio oral. Es discutible, pues aunque parezca mentira, se han ido realizando actuaciones que la interrumpen y debe tenerse en cuenta además que en este caso la prescripción sería de 5 años y no porque se aplique la última reforma del Código Penal sino porque se aplica EL CÓDIGO PENAL DE 1973.

Sí, las penas solicitadas son de pocos meses de "arresto mayor" y para juzgarlo 20 años (espero y supongo que el Juzgado Penal no alargará mucho más la agonía).

Yo, que actúo como abogado de una de las perjudicadas, el día de la vista sentiré vergüenza y sonrojo y me imagino que el resto de actores de ese teatro tan divertido llamado tribunal de justicia que con gran acierto nos expone su autora en el blog "Con mi toga y mis tacones", también.

¿Qué justicia se le puede aplicar a una persona por unos hechos ocurridos hace 20 años?.

¿Se merece un perjudicado tener que esperar 20 años para obtener justicia por la presunta infracción de sus derechos?.

¿De quién es la culpa de esta situación?. 

Esta mañana al mirar varios medios, leo sobre la situación de la justicia:

La sobrecarga de trabajo atasca 864 juzgados en toda España (El País)

El 43,5% de los juzgados soportan una carga de trabajo un 150% superior a la recomendada (Infolibre)

    Sí, es un caso extremo, pero desgraciadamente no es el único, tengo varios juicios penales pendientes de celebrar por hechos acontecidos en 2005 y 10 años son igualmente una barbaridad.

    Desgraciadamente la Justicia les importa poco a nuestros gobernantes.

    Como habéis comprobado he preferido omitir qué Juzgado es el protagonista de la historia. No obstante si queréis adivinarlo, se admiten apuestas. Al que lo adivine se lo diré privadamente.

    Y para acabar solo me queda desear que los acusados, testigos y peritos tengan una gran memoria porque la necesitarán. 






    sábado, 20 de septiembre de 2014

    NOTICIAS PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA SEMANA (14.09.14-20.09.14)

    -Estados Unidos incluye al mercado A Pedra de Vigo en su lista negra de piratería.

    La Casa Blanca considera el mercado vigués situado en el corazón del Casco Vello una amenaza para sus empresas y trabajadores y la califica como zona caliente del comercio ilegal de artículos falsificados a nivel mundial.

    El hecho de ser una zona tradicional de venta de productos falsificados se agrava con la lentitud judicial para juzgar las grandes redadas que se han hecho en los últimos años, lo que da una sensación de impunidad, mientras que los casos de vendedores ambulantes acaban con juicios de faltas. 

    Esta noticia ha causado estupor en el gobierno vigués y en la Comisaría de Policía, pues la inclusión en la lista negra del mercado A Pedra coincide con un momento de relativa "tranquilidad" en la zona en comparación con años pasados, por lo que consideran este anuncio una "exageración" (Fuentes: La Voz de Galicia y El Faro de Vigo).

    -Juego de Tronos entra en el Libro Guiness por ser la serie más pirateada de la historia.

    La nueva edición del Libro Guiness incluye en el apartado de entetenimiento y celebrities a la popular serie con el dudoso honor de ser la serie más pirateada del mundo.

                                                 Game of Thrones 2011 logo.svg

    La media de descargas en su última temporada fue de casi 6 millones por episodio (Fuente: El Periódico).

    -Eminem demanda por plagio a un partido político neozelandés.

    El conocido rapero estadounidense Eminem presentó una demanda el pasado martes en los Tribunales de Wellington contra el Partido Nacional (National Party) de Nueva Zelanda por el uso no autorizado de su canción "Love Yourself" en su campaña electoral (Fuente: The New Zealand Herald).

    CC BY-SA 3.0
    -Intervención de relojes falsos en el mercadillo de Palma.

    La Policía Local de Palma intervino en siete puntos de venta del mercadillo de los sábados de la Avinguda de Palma relojes falsos de marcas tales como Rolex, Breitling o Patek Philippe (Fuente: Ultima Hora).

    -Giro en el juicio por plagio de la canción Blurred Lines de Robin Thicke y Pharell Williams.


    El juicio por plagio de la canción Blurred Lines, interpretada por Robin Thicke y Pharrell Williams ha tomado un nuevo giro en los últimos días. La canción, uno de los mayores éxitos de 2013, es un plagio según la familia del fallecido Marvin Gaye del tema Got to Give It Up. 

                                        

    Robin Thicke que siempre había sostenido que se inspiró en Gaye para la creación del tema, ahora dice que estaba totalmente drogado cuando llegó al estudio para grabar el tema, reconociendo que fue Pharrell quien tenía el ritmo y escribió casi cada parte de la canción (Fuente: La Tercera). 

    -El plagio del "Aleph engordado" (Argentina).

    El escritor Pablo Katchadjian reescribio la obra de Borges sin autorización agregándole 5.600 palabras a las aproximadamente 4.000 originales. Según la ley argentina si la cita excede el límite de mil palabras existe violación de los derechos de autor. 

    Ahora la Cámara de Casación Penal ha revocado el sobreseimiento acordado inicialmente y establece que el libro de Katchadjian toma "el texto de una obra original, intercalando y agregando al texto original reproducido, sin autorización", por lo que la causa vuelve de nuevo al Juzgado de Instrucción para que tramite la causa pero ahora teniendo en cuenta lo declarado por la Cámara de Casación (Fuente: Infojus Noticias)..

    -El Tribunal Supremo duda si el sistema de compensación por copia privada que sucedió al canon digital es compatible con la directiva europea.

    El Tribunal Supremo ha dejado tocado el proyecto legislativo de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que se encuentra en el Senado.

    La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS plantea en el Auto de 10 de septiembre serias dudas sobre si es compatible con la directiva europea una de sus principales medidas, el cambio del sistema de compensación por copia privada y por ello el TS planteará al Tribunal de Justicia de la Unión Europea dos cuestiones prejudiciales:

    A) ¿Es conforme al art. 5.2 b) de la Directiva 2001/29 un sistema de compensación  equitativa por copia privada que, tomando como base de estimación el perjuicio efectivamente causado, se sufraga con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, sin que resulte por ello posible asegurar que el coste de dicha compensación sea soportado por los usuarios de copias privadas?.

    B) Si la anterior cuestión recibiese una respuesta afirmativa, ¿es conforme al art. 5.2 b) de la Directiva 2001/29 que la cantidad total destinada por los Presupuestos Generales del Estado a la compensación equitativa por copia privada, aun siendo calculada con base en el perjuicio efectivamente causado, deba fijarse dentro de los límites presupuestarios establecidos para cada ejercicio?.

    Mientras el TJUE responde, el Supremo ha decidido suspender el proceso de admisión a trámite del recurso de las entidades de gestión que lo plantearon, y por tanto, ha dejado en el aire el final y el sentido de la tramitación de la LPI en el Senado (Fuente: ABC).

    -Avatar gana otro juicio por presunto plagio (USA).

    El artista William Roger Dean demandó a James Camaron por supuestamente usar 14 de sus pinturas en la película de ciencia ficción "Avatar".

                                           
                                                                    CC BY-SA 3.0


    Sin embargo, un Juez del Tribunal de Distrito de Nueva York ha desestimado la demanda y ya van unas cuantas en relación a la película "Avatar". No hay como ser taquillero para que te lluevan las demandas (Cinemascopics).

    -Intervención de productos falsificados en un almacén de Palma valorados en 190.000 €.

    La Guardia Civil detuvo a cuatro personas, de nacionalidad china por la venta de productos falsificados en un almacén, sito en la calle Boneters, del polígono Son Castelló, en Palma de Mallorca.

    Fueron intervenidas prendas de primeras marcas y juguetes con el símbolo CE también falsificado y punteros láser capaces de causar quemaduras en la piel (Fuente: Diario de Mallorca).

    -Condena firme a Equivaleza por infringir las marcas de Puig.

    Se ha declarado firme la Sentencia de 13 de junio de la Audiencia Provincial de Alicante que determinaba que el uso por parte de Equivalenza, de modo comparativo, de las marcas de reputadas fragancias de Puig, Paco Rabanne, Carolina Herrera o Nina Ricci, infringe dichas marcas por aprovechamiento indebido de su prestigio, y además es constitutivo de actos de competencia desleal, en la modalidad de publicidad comparativa no leal.

    De acuerdo con la Sentencia Equivalenza debe cesar y abstenerse en el futuro de llevar a cabo actividades de ofrecimiento y promoción mediante el uso de las marcas de Puig, a retirar cualquier material en el que se reproduzcan dichas marcas y abstenerse de hacer uso de las marcas de Puig a través de la red de tiendas Equivalenza, así como a indemnizar a Puig (Fuente: El Economista).

    -Condenan a dos jóvenes en Vigo por vender ropa falsificada por internet.

    El Juzgado Penal 1 de Vigo ha condenado a dos jóvenes a 6 meses de prisión, al pago de una multa de 1.095 € y a indemnizar a las marcas con 12.000 € al considerarlos autores de un delito contra la propiedad industrial.

    Los acusados crearon una página web desde la que comercializaban multitud de productos de vestir con estampados de conocidas marcas tales como Hugo Boss o Adidas, entre otras. Se pudieron probar al menos 200 operaciones de comercialización. Las prendas eran remitidas a través de mensajería y se obtenía el pago contra reembolso (Fuente: La Voz de Galicia)





    sábado, 13 de septiembre de 2014

    NOTICIAS PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA SEMANA (07.09.14-13.09.14)

    -Abren juicio oral contra la guionista de la serie de TVE La Señora por presunto plagio. 

    El Juzgado de Instrucción nº 29 de Madrid acordó la apertura de juicio oral contra Virginia Yagûe, guionista de la serie de televisión "La Señora" que fue emitida con éxito en TVE (protagonizada por Adriana Ugarte), por presunto plagio de la novela "Melania Jacoby" de la escritora asturiana Susana Pérez-Alonso, al entender que existen indicios suficientes para exigir responsabilidad criminal a la acusada.

              

    Interesante juicio en el que se juzgará si los hechos son o no constitutivos de un delito contra la propiedad intelectual (Fuente: La Información).


    -La Liga de Fútbol Profesional se queda sin el dominio laliga.com.

    La LFP no ha podido recuperar el dominio laliga.com en poder del eslovaco Ondrej Pastirik, pues el Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) ha desestimado su demanda.

    Ni el hecho que la LFP sea la titular de muchas marcas que incluyen la palabra "liga" o "la liga" o de dominios como laliga.es, laliga.futbol.es o laligatv.futbol.es ha bastado para la OMPI.

    El demandado alegó que adquirió el nombre de dominio como parte de la compra de 100 nombres de dominio por un precio de US $ 70.000 en agosto de 2006 y que el mismo ya estaba en uso y que procedió a borrar los escudos de los clubes de fútbol españoles que inicialmente figuraban y que "la liga" es un término común y que el nombre de dominio es un sitio legítimo para fans.

    La OAMI concluye que la web del demandado no genera beneficio comercial ni publica material con copyright del demandante, sino información pública y que no está siendo utilizado con mala fe (Fuente: OAMI).


    -Cierra Twitpic al no dejar Twitter que se registren su marca.

    Twitpic es un sitio web que permite a los usuarios publicar fácilmente fotos en Twitter, microblogging y redes sociales.

    Twitpic solicitó el registro de su marca pero cuando estaba en la fase final de su aprobación, Twitter intervino y al parecer les amenazó con que si registraban su marca les contarían el acceso a su API.

    Por ello la compañía ha decidido cerrar al no tener recursos para enfrentarse a Twitter (Fuente: Easyway IP). 


    -La industria del cine de Holanda quiere seguir los pasos de Reino Unido y enviar cartas.

    Plantean luchar contra la piratería siguiendo el ejemplo del Reino Unido con el envío de cartas informativas a los usuarios que compartan contenido ilegal en internet para que cesen su actividad.

                     

    Los proveedores de servicios de internet ya han manifestado que este tipo de medidas no suelen tener efecto en los usuarios (Fuente: ADSL Zone).


    -Desmantelado un centro de distribución de productos piratas en Barcelona.

    La Guardia Urbana de Barcelona realizó una operación contra la distribución de venta ambulante con la intervención de una gran gama de productos de primeras marcas (bolsos, gafas, cinturones, perfumes, ropa, ...) con un valor aproximado de 500.000 €.

    La operación "Manta" concluyó con la localización del centro de distribución sito en el distrito barcelonés de Sant Martí donde acudían del orden de ochenta a cien personas diarias a buscar género para su venta (Fuente: Yo soy original).


    -Nike entre las más pirateadas del mundo.

    Según el ranking elaborado por la World Customs Organisation (WCO), Nike es la marca con más productos falsificados. Le sigue en el ranking Apple, Rolex, Samsung y Adidas por este orden.

           


    -Otras noticias breves.

    -Intervienen más de un millón de artículos falsificados en dos almacenes en Dubai (Fuente: 7daysindubai)

    -Linsey Lohan acusada de plagio de una aplicación para web por sus antiguos socios (Fuente: Tribuna Campeche). 

    -Michel Hazanavicius, director de la aclamada "The Artist" ha sido demandado por plagio por Christophe Valdenaire, un guionista que afirma que copió una de sus historias para realizar la película "The Artist". El caso se resolverá en los tribunales en 2015 (Fuente: Licentia).

    -Denuncian la supuesta falsificación de uniformes escolares del colegio Las Carmelitas en Jerez de la Frontera (Fuente: Europa Pres).

    -Condenan a un año de prisión al dueño de una televisión ilegal que emitía desde Marín (Pontevedra) después de la denuncia de Egeda y Canal Satélite Digital (El Faro de Vigo).


    martes, 9 de septiembre de 2014

    LA PRESCRIPCIÓN PENAL. ACTUACIONES QUE LA INTERRUMPEN.

    Ayer me notificaron un Auto de la Sección 17ª de la Audiencia Provincial de Madrid de fecha 2 de septiembre de 2014, que estimaba el recurso de apelación que había interpuesto, en mi condición de acusador particular, contra el Auto del Juzgado de Instrucción que acordaba la extinción de la responsabilidad penal de los imputados por prescripción del delito.

    Lo anecdótico es que me dan la razón en que el delito no ha prescrito, POR UN DÍA y ello porque entiende la Sala, a diferencia del Juez a quo, que el Auto estimatorio de un recurso (en este caso contra el Auto de transformación en Procedimiento Abreviado) tiene efectos interruptivos. 

    No obstante, me gustaría destacar la claridad del Auto de la Audiencia Provincial de Madrid sobre qué actuaciones interrumpen la prescripción y cuáles no, facilitando al respecto un listado bastante exhaustivo.

    Con que la mayoría que habéis llegado hasta aquí sois juristas no me voy a entretener en definir o explicar qué es la prescripción, El Código Penal reconoce la prescripción como uno de los supuestos de extinción de la acción penal y supone el abandono por parte del Estado del ius puniendi por el transcurso del tiempo sin actividad investigadora o procesal de un hecho criminal y, con ello, la extinción de la responsabilidad del supuesto autor o autores del mismo.

    Os transcribo aquí la parte del Auto que creo más interesante, en cuanto a qué actuaciones interrumpen la prescripción:

    "...Es por todo ello que, como regla general, según tiene declarado la doctrina y la jurisprudencia, se dota de capacidad interruptora a todas aquellas decisiones judiciales que ordenan la práctica de cualquier clase de diligencias de investigación, incluyéndose entre las mismas a las siguientes:

    a) las actuaciones que dan inicio o declaran concluidas las diversas fases de los procedimientos legalmente previstos (por ejemplo, auto de incoación de diligencias previas, auto de procesamiento o conclusión del sumario, el acto de continuación del procedimiento abreviado, ...);

    b) los escritos de conclusiones provisionales presentados tanto por el Ministerio Fiscal como la acusación particular o popular;

    c) la solicitud de antecedentes penales del imputado mediante la que se determina la posible aplicación de la reincidencia como circunstancia agravante;

    d) momento en que se ejecutan las diligencias acordadas previamente por el instructor;

    e) las disposiciones en que se acuerdan medidas cautelares por medio de las cuales se asegura el objeto del procedimiento y, consiguientemente, el éxito en la persecución del hecho delictivo; y

    f) las impugnaciones presentadas por las partes acusadoras durante la instrucción o la fase intermedia, así como la interposición de los recursos de apelación y casación contra la sentencia dictada en primera instancia".







    sábado, 6 de septiembre de 2014

    NOTICIAS PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA SEMANA (31.08.14-06.09.14)

    -Lío con el registro de las marcas "Guanyem Barcelona" y "Guanyem Valencia" por el asesor del PP, Luis Salom.

    El pasado miércoles el asesor del PP en el Ayuntamiento de Valencia, Luis Salom presentó ante la Oficina Española de Patentes y Marcas la solicitud de registro de las marcas "Guanyem Barcelona" y "Guanyem Valencia", incluyendo además el logotipo de dichas candudaturas, para la clase 16 del Nomenclator internacional de marcas, que incluye papel, productos de imprenta, fotografías, etc:

    Posteriormente ha manifestado que renunciará a las marcas "de forma gratuita" si, Ada Colau y Pablo Iglesias, donan 10.000 € por cada una de las marcas a los servicios sociales de la organización "Sant Joan de Déu".

    Un chantaje público aderezado con una excusa humanitaria y que da visibilidad a una práctica muy habitual, la de los registros parasitarios o para la obtención de beneficios económicos injustificados a costa de la popularidad de otros.

    Guanyem ha anunciado la interposición de acciones judiciales.

    -Importante Sentencia del TJCE sobre los límites de la parodia.

    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJCE) en la Sentencia del asunto C-201/13 (Johan Deckmyn y Vrijheidsfonds VZW / Helena Vandersteen y otros) de 3 de septiembre de 2014 ha dictaminado que cuando una parodia transmite un mensaje discriminatorio, el titular de los derechos de la obra parodiada puede exigir que no se asocie a dicho mensaje.

    La sentencia da respuesta a un litigio planteado en Bélgica entre el partido ultraderechista flamenco Vlaams Belang y los titulares de los derechos del tebeo Suske en Wiske. Un miembro del partido distribuyó en una recepción de año nuevo organizada en Gante, calendarios del año 2011, en cuya cubierta reproducían un dibujo parecido al que figuraba en la portada del álbum de Suske en Wiske de 1961.

    El dibujo original representaba un personaje del tebeo, cubierto con una túnica blanca y rodeado de gente que intenta recoger las monedas que esparce. En el dibujo de los calendarios del partido el lugar de este personaje era ocupado por el alcalde de la ciudad de Gante, y quienes recogen las monedas llevan burka o son personas de color.

    El TJCE señala que "la parodia tiene por características esenciales, por un lado, evocar una obra existente, de la que debe diferenciarse de manera perceptible, y por otro, plasmar una manifestación humorística o burlesca".

    Y concluye, y ahí viene la importancia de la resolución que "si una parodia transmite un mensaje discriminatorio (por ejemplo, porque se incluya personas con burka o personas de color en sustitución de personajes sin estas características), los titulares de los derechos sobre la obra parodiada tienen, en principio, un interés legítimo en que la obra no se asocie a este mensaje" (Fuente: TJCE).

    -Breaking Bad eleva un 412% sus cifras de piratería tras ganar los premios Emmy.

    El éxito también tiene su cara negativa. Desde que el pasado 25 de agosto ganó el premio a la mejor serie de drama de 2014, la serie sufrió un aumento significativo.

    Aún así, Juego de Tronos sigue liderando el ranking de piratería (Fuente: La Tercera).  

    -La actriz de Kick-Ass dice que no habrá tercera parte por culpa de la pitatería.

    Chloë Moretz, la actriz que hacía el papel de Hit-Girl en Kick-Ass declaró en Digital Spy que no habrá trilogía por culpa de las descargas ilícitas de la película y su consiguiente perjuicio para las recaudaciones en cine.

    Según ella, Kick-Ass 2 fue una de las películas más pirateadas de 2013 y ello incidió negativamente en la recaudación (Fuente: Taringa).

    -La lista de los paraísos piratería en Sudamérica.

    La lista presentada por el jefe de la oficina del Representante de Comercio de Estados Unidos incluye cinco lugares de América Latina entre los 17 peores del mundo, en concreto La Bahía en Guayaquil (Ecuador), Ciudad del Este (Paraguay), La Salada en Buenos Aires (Argentina), Ciudad del Este (Paraguay), Tepito en Ciudad de México y los San Andresitos (Colombia).

    La lista también incluye mercados, bazares y establecimientos comerciales de Rusia, Ucrania, China, Hong Kong e Indonesia (Fuente: Diario Hoy). 

    -Intervenciones de productos falsificados en España:

    La Policía Local de Isla Cristina (Huelva) intervino a un ambulante en el Paseo Marítimo de Islantilla más de un millar de artículos (bolsos, gafas, fundas de móvil, camisetas, de conocidas marcas (Fuente: Huelva24).

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    La Guardia Civil intervino en el mercadillo de la "Batalla de Flores en Laredo (Santander) 545 prendas y calzado presuntamente falsificados de conocidas marcas y equipos de fútbol, imputando a cuatro personas por estos hechos (Fuente: Cantabria 24 horas). 

    Intervenidas más de 500 prendas falsificas en el mercado de la “Batalla de Flores”

    En el mercadillo de Roses (Girona) los Mossos d´Esquadra intervinieron el pasado 31 de agosto, 1.600 prendas presuntamente falsificadas de conocidas marcas (EuropaPress).

    Material falsificado decomisado

    -El próximo lunes 8 de septiembre se debate en el Senado la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (España).

    Después de ser aprobado el pasado 22 de julio por la Comisión de Cultura, con urgencia y sin apenas debate en el Congreso, el texto del anteproyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual llega al Senado, concluyendo el plazo para la presentación de enmiendas el 11 de septiembre.

    Un texto aprobado con la mayoría absoluta del PP y que ha sido enormemente criticado por todos los sectores, tanto por las entidades de gestión, por la coalición de creadores como por las asociaciones de internautas.

    -Record negativo de venta de música en Estados Unidos.

    La venta de álbumes en USA cayó la semana pasada hasta los 3´97 millones de unidades, la cifra más baja desde que se comenzaron a registrar los datos en 1991. Siguiendo este ritmo las ventas de 2014 podrían situarse por debajo de los 250 millones de unidades, la mitad que en 2007.

    No cabe duda que el streaming es el futuro (Fuente: Industria Musical).

    -Golpe a la falsificación de viagra (España).

    Desarticulan a la banda que introducía falso Viagra en Europa. Las falsas pastillas de Viagra se fabricaban en la India, entraban por Londres a Europa y desde allí se enviaban a Calpe (Alicante) para su distribución por toda Europa.

    En la operación coordinada por Europol, han sido detenidas 12 personas e incautados varios millones de pastillas con un valor estimado en el mercado de más de 10 millones de euros, así como una importante cantidad de dinero en efectivo, varios coches y el bloqueo de 7´5 millones de euros en cuentas bancarias y otros activos según informa la Guardia Civil (Fuente: El País).

    -Disney demanda al DJ Deadmau5 por usar una imagen similar a la de Mickey Mouse.

    Disney alega que el logo del DJ es demasiado similar a las orejas de Mickey Mouse:

    DeadMau5, Mickey Mouse
    Isaac Brekken/Getty Images for Clear Channel

    El DJ Deadmau se ha hecho famoso por utilizar piezas gigantes sobre su cabeza, que incluyen orejas redondas.




    miércoles, 3 de septiembre de 2014

    LA DESTRUCCIÓN DE LAS PIEZAS DE CONVICCIÓN. ¿POR QUÉ CUESTA TANTO ACORDARLA?

    Sin duda alguna, uno de los problemas de los delitos contra la propiedad intelectual e industrial es la guarda y custodia de los productos intervenidos hasta que se toma una decisión sobre su destino.

    Cuando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado realizan una intervención de productos presuntamente falsificados en un comercio o un almacén, los productos retirados:

    -Son remitidos al Juzgado e ingresados en el depósito judicial de efectos intervenidos (absolutamente colapsados), o,

    -Son precintados y dejados en el comercio o almacén bajo depósito a disposición del Juzgado con las advertencias oportunas, o,

    -Son depositados en un almacén facilitado por una o varias de las empresas perjudicada.

    Respecto a los productos intervenidos en Aduanas, habitualmente quedan retenidos en los almacenes de la empresa consignataria o de logística que ha realizado los trámites de importación.

    El problema es que por desgracia debido a la carga de trabajo y la ausencia de medios en la administración de justicia esta situación se eterniza, pues un procedimiento penal por presuntos delitos contra la propiedad intelectual o industrial suele durar hasta Sentencia firme una media de unos cuatro años, siendo optimista.

    Esta situación provoca el colapso de los depósitos judiciales, el riesgo de desaparición de las piezas de convicción, o, en su caso, los tremendos costes de depósito en almacenes privados que deben soportar en ocasiones las empresas de logística o las propias marcas perjudicadas por el presunto delito.

    Regulación legal:

    El artículo 367 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal,prevé la destrucción de los productos intervenidos en los delitos contra la propiedad intelectual e industrial durante la fase de instrucción una vez acreditada pericialmente su falsedad. Es decir, que, una vez que un informe pericial independiente emitido por Policía Científica o por un Perito Judicial determine que los productos son falsos se puede llevar a cabo su destrucción, salvo algunas muestras para la práctica, en su caso, de nuevas periciales o para su exhibición en el acto del juicio oral.

    El único requisito es la previa audiencia al Ministerio Fiscal y al propietario de las mercancías incautadas.

    Si son productos falsos son productos de ilícito comercio, pues el uso exclusivo y excluyente en el mercado corresponde a su titular. Por lo tanto no pueden restituirse sea cual sea el resultado del procedimiento, pues incluso en los casos de absolución o sobreseimiento cabe la destrucción de los materiales de ilícito comercio (artículos 742 y 635 Ley de Enjuiciamiento Criminal). Igualmente el artículo 2.4º b) del Real Decreto 2783/1976 sobre destino y conservación de piezas de convicción, únicamente prevé la restitución o entrega de los objetos cuando sean de lícito comercio.

    Problemática:

    A pesar de que en los últimos años los Juzgados de Instrucción vienen acordando un mayor número de destrucciones de mercancía en fase de instrucción, todavía existe mucha reticencia por parte de algunos Fiscales y Jueces en tomar esta medida a pesar de tener el soporte jurídico necesario para acordarla y prefieren no pronunciarse sobre el destino de las piezas de convicción, dejando por tanto el pronuciamiento al Juez de lo Penal en su Sentencia.

    La razón o los motivos para no acordarla, pues allá cada uno con sus conclusiones, pero dilatar en el tiempo un depósito de productos (a veces de miles y miles de productos) cuyo destino final va a ser la destrucción porque son falsos y así se ha determniado por perito independiente, no tiene ni sentido práctico ni formal.