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sábado, 5 de septiembre de 2015

¿CUANTOS CASOS SE ARCHIVAN POR PRESCRIPCIÓN?.

Primera semana de septiembre y dos Autos acordando la extinción de la responsabilidad penal por prescripción notificados.

La prescripción penal es una institución jurídica establecida por el legislador por razones de política criminal motivada por la seguridad jurídica o por los fines atribuidos a la pena. Es decir que si un procedimiento judicial iniciado permanece inactivo (sin actuaciones judiciales relevantes) durante un determinado período de tiempo que va en función de la pena asignada al delito perseguido, significa la renuncia del Estado a continuar con ese procedimiento y juzgar si esos hechos son o no delictivos.

Escalas del reloj de la justicia

Si eres abogado defensor te llevas una alegría pues consigues archivar el procedimiento por una causa meramente formal pero si eres el abogado acusador, el Juzgado de turno va a dejarte fatal y es desesperante presentar escritos de impulso procesal y pasar cada dos por tres por el Juzgado instando que resuelvan y avancen en el procedimiento y ver que pasa el tiempo y no hacen nada. 

Los plazos de prescripción son altos, actualmente un mínimo de cinco años la mayoría de delitos excepto los delitos leves e injurias y calumnias que lo hacen al año (lo que resulta también paradójico con la limitación de la instrucción a seis o dieciocho meses que quieren implantar). 

¿Quiere decir eso que un expediente se pasa cinco años en las estanterías de los Juzgados sin moverse?. Pues lamentablemente sí y ocurre en más ocasiones de las que nos pensamos.

Sin embargo no veo en ninguna estadística el número de delitos archivados por prescripción. Si cogemos la última estadística del Consejo General del Poder Judicial del año 2014, se divide en número de asuntos ingresados y en trámite al final del periodo. 


En ningún lado aparecen los asuntos archivados por prescripción, es decir por el "pasotismo" del Juzgado para juzgar ese asunto o para tomar una decisión sobre el mismo. Además estos asuntos se anotan como casos resueltos cuando es todo lo contrario.

¿De quién es la culpa de que un asunto prescriba?. Pues en muchos casos de la falta de medios de los juzgados, de la carga de trabajo que soportan, de la falta de funcionarios, peritos, etc. Pero también en muchos casos de los Jueces y funcionarios de quien depende ese expediente o de la Fiscalía que tampoco hace nada para evitar estas situaciones ni denunciarlas. Y lo que me sabe peor es que tampoco veo ningún tipo de enfado o autocrítica por parte del Juzgador al que le prescribe un asunto más bien un alivio por sacarse un expediente de encima.

Recuerdo que el año pasado recurrí una prescripción como acusación particular y encima el Juzgado instructor (causante de la prescripción) me lo desestimó y encima me impuso las costas. Menos mal que después la Audiencia Provincial lo estimó y el procedimiento continúa su triste y tortuoso devenir (hechos de 2005). 

¿Y el perjudicado o denunciante?. Pues poca cosa puede hacer más que una queja al Consejo General del Poder Judicial o pedir responsabilidades a la Administración de Justicia por vía administrativa. 



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