Hace unos días se celebró ante el
tribunal de apelaciones del Distrito Cuarto de Florida (USA) la vista de la
solicitud de nulidad del juicio que condenó a cadena perpetua a Pablo Ibar en
2019.
Es un caso que siempre me había
llamado la atención y que iba siguiendo a través de las noticias publicadas y
reportajes en televisión, desde que Pablo estaba en el corredor de la muerte.
Durante mi estancia en el Senado y
como portavoz de mi grupo parlamentario en la Comisión de Justicia tuve la
oportunidad de acercarme más al caso. Primero con una reunión en Madrid con el
abogado principal de Pablo Ibar en su momento, Benjamin Waxman y las
argumentaciones y documentación sobre el caso que nos facilitó, así como con
las muchas comunicaciones recibidas de Andrés Krakenberg, activista por los
derechos humanos y portavoz de la Asociación Pablo Ibar-Juicio Justo.
Después, al acudir con una delegación
del Senado a alguna de las primeras sesiones del juicio celebrado en 2019 en el
Tribunal de Broward County (Florida)
y reunirnos con el equipo de abogados, entre ellos, el actual abogado de Pablo
Ibar, Joe Nascimento.
Y que
duda cabe, por tener la oportunidad de entrevistarnos con el propio Pablo Ibar
en la cárcel del Condado de Broward y hablar con sus familiares, especialmente
con su padre Cándido Ibar y con la mujer de Pablo, Tanya Quiñones.
Para
aquellos que no estén demasiado familiarizados con el caso, aunque ha sido reiteradamente
relatado en libros, series televisivas y documentales, un breve resumen
acompañado con la mirada de una perspectiva de nuestro derecho:
Pablo fue
detenido y acusado junto con Seth Peñalver por el triple asesinato de Casimir
Sucharsky, dueño de un club nocturno y de las modelos Sharon Anderson y Marie
Rogers el 26 de junio de 1994, conocidos como “Los crímenes de Miramar”.
El primer
juicio contra Pablo Ibar y Seth Peñalver se celebró en 1997 y fue declarado
nulo tras la votación del jurado al no llegar a un veredicto unánime de
culpabilidad, básicamente porque no había pruebas dactilares ni de ADN. Sin
embargo, el Juez no dejó en libertad a Pablo Ibar. Algo que en España no podría
producirse pues la prisión provisional únicamente puede acordarse por dos años
y prorrogable en dos más (artículos 502 a 519 LECrim)
En el año
2000 en un juicio celebrado ya solo contra él, fue declarado culpable y
condenado a muerte. Pasó 16 años en el corredor de la muerte.
En 2016 el
Tribunal Supremo de Florida anuló la condena y ordenó un nuevo juicio al
considerar que había tenido una defensa letrada ineficaz por parte del abogado
de oficio Kayo Morgan y que las pruebas por las que había sido condenado eran
“demasiado escasas y endebles”.
En un
nuevo juicio celebrado en 2019 fue condenado a cadena perpetua con las mismas
pruebas que el Tribunal Supremo de Florida había considerado “escasas y
débiles”.
Pablo
Ibar fue detenido ese mismo 1994 en el que se cometió el crimen. Él siempre ha negado
su participación en los hechos.
Pablo,
que tiene la misma edad que yo, 50 años, lleva por tanto prácticamente 30 años
preso.
Las
pruebas principales en las que se basa la condena son un fotograma en el que
uno de los asesinos mira a la cámara de seguridad y una pequeña muestra del ADN
de Pablo Ibar en una camiseta encontrada en casa de Sucharsky que el asesino
utilizó para secarse la cara, según se observa en el vídeo.
El vídeo
VHS de la cámara de seguridad del que se extrae el fotograma es en blanco y
negro, sin audio y en general con una calidad pésima.
Pero
veamos cuáles han sido los argumentos principales de la última apelación y
otros apuntes importantes para poner de manifiesto las enormes irregularidades
que se han dado en el caso, al menos si lo vemos desde una mirada jurídica de
nuestro derecho, evidentemente de notables diferencias con el sistema americano:
-La pequeña muestra de ADN en la camiseta aparece
en el juicio de 2019 cuando en los juicios anteriores en 1997 y 2000 los
peritos del estado declararon que las pruebas de ADN excluían a Pablo Ibar. Es
decir, aparece en la quinta prueba de ADN de
Ibar con el ADN de esa camiseta desde 1994:
La defensa ha planteado siempre que esa pequeña
muestra de ADN es el resultado indudable de una “contaminación” de la prenda,
posiblemente al entrar en contacto en algún momento con la ropa entregada por
Ibar al ser detenido.
La negligencia en la cadena de custodia es
evidente, de hecho, en un vídeo proyectado en el juicio se aprecia a
funcionarios abrir la caja que contenía las pruebas del caso sin guantes ni
preocupación alguna para evitar su contaminación. Existen varios precedentes
además de casos de contaminación en el laboratorio BSO donde las pruebas del
caso han estado 22 años.
Desde una perspectiva del derecho español, el
Tribunal Supremo tiene establecido que la integridad de la cadena de custodia
garantiza que desde que se recogen los vestigios relacionados con el delito
hasta que llegan a concretarse como pruebas en el momento del juicio. La
regularidad de la cadena de custodia sirve para que lo que se analiza es
justamente lo ocupado y que no ha sufrido alteración alguna.
Los efectos de la ruptura de la cadena de
custodia repercuten sobre la fiabilidad y autenticidad de las pruebas y vulnera
los derechos a un proceso con todas las garantías y a la presunción de
inocencia pues lo contario sería una quiebra de los principios que definen el
derecho a un proceso justo.
Queda claro, que aquí estas irregularidades serían
inadmisibles.
Pero, es más, en la videograbación de los
asesinatos se ve que el asesino utiliza la camiseta para secarse la cara. De
haber sido Pablo deberían encontrarse muchas más muestras de su ADN en ella. En
cambio, en la camiseta además de la pequeña muestra del ADN de Pablo aparecen
muestras de ADN de hasta cinco personas diferentes, las tres víctimas y dos de
sexo masculino sin identificar.
En el lugar del crimen no se encuentra ningún
resto de ADN de Ibar, las huellas, sangre y pelo localizadas en la vivienda
tampoco se corresponden con Ibar.
-La absolución del “otro” supuesto asesino. Después del primer juicio los casos de Pablo Ibar y Seth
Peñalver se juzgaron por separado, algo que en España sería imposible salvo que
alguno de ellos estuviera en paradero desconocido. Pues bien, Seth Peñalver
tras dos juicios fue declarado no culpable en 2012 tras llegar el jurado a la
conclusión de que no había suficientes pruebas para demostrar su culpabilidad.
El Juez del caso de
Pablo Ibar no permitió que el jurado del tercer juicio supiera que Seth
Peñalver había sido declarado no culpable.
-Tanya Quiñones y
Pablo Ibar siempre han asegurado que la noche de los crímenes la pasaron
juntos, habiendo mantenido relaciones sexuales ambos esa madrugada en el
domicilio de Tanya. De hecho, aquel encuentro íntimo resultó polémico en el
ámbito familiar de Tanya, ya que aprovecharon un viaje de los padres de ella a
Irlanda para su encuentro íntimo. Fueron descubiertos por la hermana de Tanya,
que realizó varias llamadas a Irlanda para avisar a sus padres, llamadas que
están reflejadas en una factura. Se hace difícil creer que nunca se haya tenido
en cuenta esa prueba de descargo.
-El testigo clave, Gary Foy, vecino
del asesinado, describe al asesino como hombre blanco o de rasgos latinos, con
bigote y apariencia descuidada. Lo identifica en una rueda de reconocimiento
irregular. Incluso uno de los detectives del caso declaró que la rueda de
reconocimiento no fue correcta y que Gary Foy pudo haber sido inducido a elegir
la fotografía de Pablo Ibar como además se probó por la defensa a través de un
experto.
En nuestra jurisdicción los
reconocimientos fotográficos realizados en dependencias policiales únicamente tendrán la consideración de
diligencias de investigación policial y no de prueba. El único válido sería un
reconocimiento en rueda en sede judicial y con todas las garantías.
-No se
siguieron otras pistas que encaminaban las sospechas en otra dirección. Paul Manzella, el detective encargado
del caso desde 1994, reconoció que no siguió otras posibles líneas de
investigación, como por ejemplo la de Johnny McGill, un hombre que tras el
crimen acudió a comisaría, donde declaró que su jefe le había pedido quemar el
Mercedes Benz de Casimir Sucharski. Johnny McGill apareció asesinado al día
siguiente a la salida de un club nocturno, aunque a pesar de lo sospechoso de
los acontecimientos Paul Manzella no realizó ninguna investigación al respecto.
Igualmente, Paul Manzella declaró no haber seguido tampoco una pista que
apuntaba a la participación en los crímenes de la familia criminal Gambino.
Más
irregularidades. Existían unos vídeos en los que se podía ver a Casimir
Sucharski el día anterior al triple asesinato recibiendo graves amenazas por
parte de dos hombres. Estas cintas aparecieron en el juicio de Seth
Peñalver en el año 2012 pero fueron borradas estando bajo custodia policial.
Según el experto que las analizó, contenían restos de imán, con lo que todo
apunta a que habían sido borradas a propósito magnetizándolas. La fiscalía no
permitió que se hablase sobre estas cintas en el juicio ni que se mencionase su
existencia ni su estado ante el jurado.
-También
hubo indicios de fabricación de pruebas por parte de la Policía. Gene
Klemetzko, compañero de piso de Seth Peñalver y Pablo Ibar antes de los
crímenes, declaró que había prestado falso testimonio tanto sobre Pablo Ibar
como sobre Seth Peñalver em los distintos juicios, manifestando, que le habían
pagado 1.000 dólares por testificar en contra de Pablo Ibar y que quien había
aprobado dicho pago era el detective del caso Paul Manzella.
Jay
Taylor, amigo de Pablo Ibar en la época que compartía vivienda con otros
jóvenes testificó que, durante la investigación, el detective Paul Manzella en
varias ocasiones le amenazó para que identificara a Pablo Ibar como la persona
que aparece en el fotograma extraído del vídeo de videovigilancia. Jay Taylor,
no obstante, declaró que a pesar de dichas amenazas siempre afirmó con
rotundidad que ese no era el rostro de Pablo Ibar.
-Un
perito experto en identificación facial, si bien se podría calificar de perito
de parte, declaró que el hombre del vídeo de los crímenes no es Pablo Ibar.
-Y
para terminar este pequeño resumen, uno de los miembros del jurado se retractó
del veredicto de culpabilidad que había emitido en el juicio de 2019,
denunciando presiones durante el juicio. Sin embargo, el juez del caso, Dennis
Bailey, en un ejercicio de discrecionalidad., simplemente decidió expulsarle y
reemplazarle por un suplente, no permitiéndole participar en la deliberación
sobre la condena que se le impondría a Pablo Ibar.
Yo no soy quién para decir si Pablo es
culpable o inocente, cada uno pueda sacar sus conclusiones. Si diré que Pablo nos
dijo que él no lo hizo. Lo que sí tengo claro es que el procedimiento está
plagado de irregularidades y las pruebas dejan mucho que desear para primero,
condenar a muerte a una persona y después para condenarlo de por vida a cadena
perpetua. Yo creo más en el aforismo del jurista inglés del siglo XV William
Blackstone, luego popularizado por Benjamin Franklin: “Es preferible que cien
personas culpables puedan escapar que un solo inocente sufra”.
Todo ello con el máximo respeto a las
víctimas y sus familiares, que demandan justicia y deben tenerla, pero sobre
todo con un juicio justo y, Pablo Ibar no lo ha tenido.
No quiero acabar este artículo sin un
pequeño homenaje a la familia de Pablo Ibar. Su lucha, su amor por Pablo, su
levantarse después de cada revolcón judicial, su optimismo, … realmente me
conmovió.
PD. La semana pasada salía en los
medios la noticia que habían exonerado a un hombre de 57 años tras pasar casi
35 en una cárcel de Florida. El caso sucedió precisamente en Broward.
BIBLIOGRAFÍA
-Web oficial de la
Asociación contra la pena de muerte, Pablo Ibar, actualmente, Asociación Pablo Ibar-Juicio Justo (www.pabloibar.com)
-SSTS. 6/2010, de 27 de enero,
776/2011, de 26 de julio, 1043/2011, de 14 de octubre, 347/2012 de 25 de abril,
1072/2012, de 11 de noviembre, 83/2013, de 13 de febrero, 744/2013, de 14 de
octubre, 933/2013, de 12 de diciembre, 1029/2013, de 28 de diciembre, sobre
cadena de custodia.
- ¿Por qué declararon culpable a Pablo Ibar? https://elpais.com/politica/2019/01/20/actualidad/1547960024_599936.html
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