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sábado, 5 de octubre de 2019

Los constitucionalistas que no se leían (o no querían leer) las Sentencias del Tribunal Constitucional. La Ley de Seguridad Nacional.

La ley de la semana sin duda alguna es la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional, que ahora parece la panacea como atajo para no aplicar el 155 de la Constitución y hacerse de esta forma con el control de los Mossos d´Esquadra.

Primero Casado, luego Sánchez y como no, Rivera, todos ellos invocando/amenazando con la aplicación de la Ley de Seguridad Nacional. Un resumen de la prensa semanal:





El objetivo según se desprende de muchas de las declaraciones escuchadas estos días es que con la aplicación de la Ley pueden tomar el control de los Mossos d´Esquadra y quitarle por tanto el control al govern de Torra.

Pero esto no funciona así, por más que quieran engañar a la gente.

Esta "brillante idea" no es nueva, ya la exigió el PP al gobierno en 2018. Y llevó la iniciativa al Senado con una moción que pedía al gobierno que dictara un Real Decreto que declarase que en Catalunya existe una situación de interés para la seguridad nacional y que nombrase a una autoridad funcional, con competencias para dirigir y coordinar las actuaciones que procedan en materia de seguridad y orden público.

Allí, en representación de mi grupo parlamentario ya expliqué las razones por las que no se puede aplicar la Ley de Seguridad Nacional como ellos pretenden (vídeo).

Y no es que lo interprete yo así, sino que fue el propio Tribunal Constitucional.

La sentencia 184/2016, de 3 de noviembre de 2016, del Tribunal Constitucional, deja claro que en la Ley de seguridad nacional la situación de interés para la seguridad nacional no supone una alteración del esquema competencial, ya que parte de la base de que cada Administración seguirá ejerciendo sus competencias. También destaca el Constitucional que debe dejarse sentado que de la obligación de aportación de recursos humanos y materiales que establece el artículo 24.2 de la ley, no resulta la adscripción de los Mossos d’Esquadra a las autoridades estatales, pues sería incompatible con la competencia autonómica. Cualquier medida, pues, tendría que ser realizada en coordinación con la Generalitat. El propio artículo 6 establece la cooperación con las comunidades autónomas, que deberá hacerse a través de la Conferencia Sectorial para Asuntos de Seguridad Nacional. 

En definitiva, si lo que pretenden (eso es lo que se desprende de las múltiples declaraciones) es arrebatar a la Generalitat el control de los mossos a través de la Ley de seguridad nacional, por esta vía es inconstitucional. 

Además, estamos ante una ley ordinaria que no puede pasar por encima del bloque de constitucionalidad ni del Estatuto de Autonomía de Cataluña. 

¿Qué contestó el representante del PP, Sr. Aznar a estos argumentos?.

Transcribo, "El Señor Comorera, de Podemos, es un brillante letrado (gracias por el piropo). Le conocemos. Discrepamos en los argumentos jurídicos pero llegará el momento, si se produjese, en que esos argumentos jurídicos se puedan hacer valer, sin embargo, aquí estamos hablando de argumentos políticos. Nosotros creemos que sí es aplicable y, por lo tanto, si fuese necesario, ya llegará el momento de los argumentos jurídicos".

O sea que es política y lo jurídico pasa a un segundo plano. Tal cual.

¿Y que dijo el PSOE que ahora baraja su aplicación?.

Según la Sra. Nasarre, "Esta moción no es viable jurídicamente, la normativa que proponen aplicar, la Ley de Seguridad Nacional, no prevé situaciones como la descrita sino que contempla situaciones excepcionales con una dimensión de urgencia y transversalidad no concordantes con los hechos, y si fuera aplicable, señorías, es inconstitucional; se trata de una ley ordinaria que contradice el artículo 164 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que atribuye a la Generalitat el mando de la Policía autonómica. Entonces, ¿qué nos dicen?. ¿Que nos saltemos la ley?.


Foto Irene Lingua
Resulta curioso que ahora en precampaña el PSOE lance el globo de la Ley de Seguridad Nacional. ¿Otro juego de trileros?.

Os dejo el enlace del Diario de Sesiones por si queréis leer todo el debate.

En definitiva, los que se autoproclaman constitucionalistas amenazan en muchos casos con una aplicación inconstitucional de la Ley de Seguridad Nacional. 

¿No se leen las Sentencias del Tribunal Constitucional antes de lanzar estos mensajes?. 

Menos mal que en algunos medios (no todos) se ha contado la verdad:

-El Constitucional prohíbe utilizar la Ley de Seguridad Nacional para controlar a los Mossos, como pretende Sánchez.

-Sánchez no podrá tomar el control de los Mossos a través de la Ley de Seguridad Nacional.

Espero que os haya quedado claro lo que se puede hacer y lo que no se puede hacer con la Ley de Seguridad Nacional.

Nos vemos.

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