-Otra vez Adele y el fantasma del plagio.
Si el mes pasado surgió la polémica en relación a "Hello" y la canción "Martha" de Tom Waits, esta semana varios usuarios de redes sociales en Turquia aseguran que una de las canciones de su esperado nuevo disco es una copia de una canción kurda.
Christopher Macsurak CC BY 2.0 |
En concreto se le acusa de que el tema "Million Years Ago" tiene un gran parecido con la canción "Acilara Tutunmak" (Aferrado al dolor) del cantante, ya fallecido, Ahmet Kaya de 1985.
Aquí os dejo los enlaces de ambos temas para que juzguéis vosotros: Million years ago y Acilara Tutunmak. Sin duda el problema de la fama es estar expuesto al exhaustivo análisis de cada uno de los temas (Fuente: www.ecodiario.eleconomista.es).
-El Atlético de Madrid recupera el dominio "www.atleticodemadrid.com".
Una resolución de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) ha ordenado la transferencia de la titularidad del dominio "www.atleticodemadrid.com" al club colchonero. El dominio había sido registrado por un particular en el año 2000.
La resolución justifica la transferencia del dominio porque el Atlético de Madrid tenía derechos previos por registros de marca desde el año 1967, el demandado no tenía un interés legítimo para registrar el dominio y dicho dominio simplemente ofrecía enlaces a otros sitios webs, concluyendo que existía mala fe en el registro del dominio, siendo el demandado un "viejo conocido" en el registro de dominios con marcas famosas como Cortefiel, Bayern de Munich o Port Aventura, concluyendo que se trata de un registro abusivo y de un caso de ciberocupación (Fuente: www.expansion.com).
-¿"The English Cut" se confunde con "El Corte Inglés"?.
El Tribunal de Justicia de Luxemburgo ha ordenado una nueva revisión a la OAMI para que analice si puede existir confusión en el consumidor entre las marcas "The English Cut" y "El Corte Inglés".
Inicialmente la OAMI determinó que, a pesar de que tienen el mismo significado literal una vez traducidas, no iban a ser confundidas por los consumidores, al no existir similitud visual ni fonética.
Según el Tribunal de Justicia de Luxemburgo lo que hay que determinar es si los consumidores pueden asociar la marca solicitada a una marca anterior y establecer un vínculo entre ellas, pues si "The English Cut" puede dar idea de que son del mismo grupo, no debería poder usar ese nombre (Fuente: www.elpais.com).
-Intervenciones de productos presuntamente falsos de la semana.
-La Policía Local de Onda intervino en un control rutinario en un vehículo diversos productos presuntamente falsos (relojes, prendas de vestir, equipaciones de fútbol y CD´s y DVD´s). Al detenido, ciudadano de origen senegalés, le constan 14 detenciones por hechos similares (Fuente: www.castelloninformacion.com)
-La Policía Nacional intervino en el Puesto Fronterizo del Puerto de Algeciras más de 900 productos presuntamente falsos (relojes, camisetas y zapatillas deportivas) y unos 500 cartones de tabaco de contrabando. Los efectos intervenidos se encontraban ocultos en el interior de dos furgonetas (Fuente: www.andaluciainformacion.es)
-La Guardia Civil de Armunia (León) intervino en un control un vehículo que transportaba diversos productos presuntamente falsos. En concreto, 127 bolsos, 34 cinturones, 50 pares de zapatillas, 7 gafas de sol y 45 emblemas de conocidas marcas(Fuente: www.ileon.com).
-La Guardia Civil ha desarticulado dos puntos de venta de productos deportivos presuntamente falsos a través de internet, siendo detenidos tres personas en la localidad sevillana de Arahal.
El modus operandi consistía en comprar al por mayor en páginas web dedicadas a la venta de este tipo de productos fraudulentos para posteriormente distribuir los pedidos que se realizaban vía whatsapp, quedándose con un margen de beneficio (Fuente: www.sevilladirecto.com
-El Barça se queda sin la exclusividad de la silueta de su escudo.
El Tribunal General de la Unión Europea ha desestimado el recurso presentado por el Fútbol Club Barcelona para el registro de la silueta de su escudo (ver imagen). Según la resolución la figura de la silueta, "no permite que los consumidores identifiquen el origen comercial de los productos y servicios objeto de la solicitud de registro".
Concluye la resolución que el signo solicitado carece del carácter distintivo que se exige y que el Fútbol Club Barcelona no ha logrado demostrar que el signo hubiera adquirido carácter distintivo para su uso (Fuente: www.europapress.com)
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