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domingo, 22 de julio de 2018

SEPARACIÓN DE PODERES Y SONAMBULISMO TECNOLÓGICO


Cuando hablamos de separación de poderes o de independencia judicial pensamos en la forma de elección del Consejo General del Poder Judicial, las intromisiones e injerencias del ejecutivo o en la falta de autonomía de la Fiscalía.

Y es un tema preocupante, no en vano, según los datos del Eurobarómetro de la Comisión Europea de abril de 2017, España está a la cola de la Unión en independencia judicial, sólo superada por Bulgaria, Croacia y Eslovaquia.

Y según un informe del Foro Económico Mundial, de septiembre de 2017, que mide la influencia sobre los jueces de gobiernos, personas o empresas, España ocupa el puesto 58, de 137 países analizados.

Vaya, que la situación no es para estar satisfechos.

Pero cuando hablamos de separación de poderes e independencia judicial tenemos que hacerlo además desde una perspectiva del siglo XXI y no solo desde una perspectiva clásica. Y no se está haciendo.

El sonambulismo tecnológico consiste en la ignorancia que posee la sociedad con respecto al proceso de cambio que está sufriendo la humanidad debido a la tecnología. 

El concepto de sonambulismo tecnológico fue creado por el filósofo estadounidense Langdon Winner y es utilizado comúnmente en la filosofía de la tecnología.

¿Existe sonambulismo tecnológico en nuestra separación de poderes?

Es evidente que sí. Y les voy a poner un par de ejemplos.

Lexnet. Para los no iniciados, Lexnet es un sistema de gestión de notificaciones telemáticas desde los juzgados a los profesionales de la justicia y al revés, es decir es un programa similar a un sistema de correo webmail. El problema es que quien gestiona Lexnet es el Ministerio de Justicia, es decir el gobierno y no el poder judicial y los servidores con toda la información están almacenados por una conocida empresa de telecomunicaciones.

Foto Irene Lingua

Imaginemos que todos los abogados y procuradores tuvieran que ir a la sede del Ministerio de Justicia a presentar todos los escritos y que todos los atestados policiales tuvieran que ser entregados en la sede del Ministerio de Justicia y que después el Ministerio de Justicia los depositara en los almacenes de una empresa privada. Si eso hubiera pasado nos hubiéramos llevado las manos a la cabeza por ser contrario a la separación de poderes. Bueno, pues eso es lo que está pasando con Lexnet.

Hace tiempo que abogados como Javier de la Cueva, quien presentó una demanda contra España ante la Comisión Europea por vulneración del principio de separación de poderes o José Muelas, entre otros, vienen denunciando este hecho. Y es que el Poder Ejecutivo dispone de toda la información que entra y sale del Poder Judicial en lo que se refiere a los procedimientos judiciales. De esta manera, tiene una información estructurada sobre los órganos judiciales, los litigantes, los profesionales intervinientes en los procesos, el objeto del litigio y los plazos en los que se tramita el mismo. Y la información la tiene en tiempo real. ¿Nos creemos que se va a respetar la absoluta confidencialidad de Lexnet?.

El pasado 4 de julio de 2017 presentamos una moción en la comisión de justicia del Senado instando a transferir el alojamiento de la información y la gestión de Lexnet a servidores exclusivamente dependientes del Poder Judicial. Solo fue apoyada por el PSOE. PNV y PDCAT se abstuvieron quizás por aquello que son sus ejecutivos los que gestionan los sistemas en sus respectivas Comunidades. Y el PP …, pues sacó el comodín de Venezuela, que utiliza cuando le faltan razones para debatir.

Veremos que hace el PSOE, ¿será coherente con lo votado e impulsa esa transferencia o lo deja igual ahora que gobierna?. 

El segundo ejemplo nos lo expuso claramente David Maeztu, abogado especializado en temas de derecho y tecnología, en su comparecencia ante la comisión mixta de Seguridad Nacional el pasado 28 de junio (hay magníficas e interesantes comparecencias en el Congreso fuera de los focos):

“Quiero que piensen ustedes si yo fuese consejero de Justicia de una comunidad autónoma, que es quien dota de ordenadores a los jueces y fiscales, porque el Poder Judicial no compra los ordenadores; los compran las comunidades autónomas, que tienen cedidas las competencias, como en mi caso, por ejemplo, La Rioja. Si yo fuese consejero de Justicia de La Rioja, podría decidir que los ordenadores que comprara a mis jueces llevasen un software determinado que me informase de todo aquello que los jueces teclearan en ese ordenador. ¿Quién sabe qué tiene ahí? ¿Por qué un consejero puede decidir hacer eso? Porque yo podría hacerlo, le encargo al proveedor que instale unas determinadas aplicaciones, y nadie lo controla. Se dice que el que pone los medios es el Ejecutivo”.

Efectivamente estamos pensando en los sistemas informáticos como si fuesen máquinas de escribir y no lo son. Piensen en los ordenadores suministrados por el gobierno de turno a la Audiencia Nacional y en programas espías por ejemplo.

Y continuaba explicando David Maeztu, “Los sistemas informáticos, con la potencialidad que tienen ahora, permiten, por ejemplo, sin necesidad ni tan siquiera de acceder a lo que teclea el juez, que yo pueda, a través de un sistema informático determinado que gestiona las notificaciones judiciales, saber qué abogados llevan qué empresas, saber cuándo se presenta una demanda, saber cuándo se contesta una demanda; podría tener muchísima información. Simplemente son metadatos, ni siquiera necesitaría acceder a mucha información sobre el procedimiento judicial, pero me podría dar un poder muy relevante sobre la actuación que se desarrolla en el ámbito de otro poder del Estado”.

En definitiva, es hora de pensar en una separación de poderes también tecnológica y que sea el poder judicial el que gestione en exclusiva todas las herramientas. El ejecutivo debe darle el presupuesto necesario a la Justicia pero las herramientas deberían ser adquiridas y gestionadas exclusivamente desde el poder judicial. ¿O seguimos fiándonos que ningún gobernante utilizará todas las posibilidades tecnológicas para su beneficio propio cuando los datos son el petróleo del siglo XXI?.

(Artículo publicado originalmente en el Diario Público el 17 de julio de 2018)


sábado, 2 de junio de 2018

HAGAN JUEGO QUE GANA LA BANCA ... Y PIERDE LA SOCIEDAD

Las apuestas deportivas online o el póker o casino online cada vez tienen más adeptos y está creciendo vertiginosamente el número de adictos. La ludopatía se está apoderando cada vez de más personas y de perfiles más jóvenes.

Una droga destructiva aunque no lo parezca. Hay ya más de 676.322 usuarios activos en las casas de apuestas según el informe Trimestral del Mercado del Juego Online.
Las asociaciones que tenían controlados los perfiles de posibles ludópatas han visto como todo el escenario que conocían ha cambiado repentinamente.
Hasta hace poco los jugadores empezaban de media a los 28 años a apostar. Ahora esa media está ya en los 18 años, según aseguran algunos estudios y la mayoría que acude a solicitar ayuda se sitúa entre los 18 y 25 años cuando hace siete años la media de edad era de 35 a 45 años.
Los casos de adictos al juego online ya son la segunda causa de tratamiento por adicción al juego en España. Desde que se reguló en 2012, el juego online no ha dejado de aumentar en España. Cada vez se apuesta más dinero, cada vez juega más gente y cada vez las casas de apuestas gastan más en publicidad. Si no hacemos nada, en poco tiempo será la primera causa de ludopatía, si no lo es ya.
Los datos asustan.
Un tormento para quien cae en la ludopatía y para sus allegados.
Y las casas de apuestas no paran de crecer, sobre todo en los barrios obreros, un fenómeno que llevan años practicando en Reino Unido.
No es de extrañar que el estudio de percepción social del juego del azar de 2016 señale a la clase media-baja como la de principal prevalencia de la adicción.
Todos los expertos coinciden en señalar los riesgos que conlleva la posibilidad de poder apostar durante toda la jornada sin someterse a ningún control social y ello incide en el tiempo necesario para desarrollar una adicción. Si en el juego presencial se necesitan entre cinco y seis años apostando para engancharse, en el juego online basta con uno o dos.
La publicidad para el juego presencial está prohibida en España. En cambio las casas de apuestas y de póker online sí pueden hacer anuncios y se gastan una millonada en promocionarse. Y además utilizan referentes deportivos de los jóvenes para anunciarlas y a pesar de la protección de horario infantil se les permite saltárselo con la excusa de las retransmisiones deportivas.
Las claves del enganche es que son apuestas con un importe bajo, que generan sensación de control y bajo riesgo, la facilidad de accesibilidad, el hecho que las apuestas online no estén mal vistas socialmente, la inmediatez y el anonimato y junto a ello, las empresas de microcréditos.
Estamos ante un grave problema de salud pública.
Y por tanto es necesario poner mecanismos de prevención.
Foto Irene Lingua
El pasado diciembre, Unidos Podemos solicitó en la Comisión Mixta para el Estudio de las Drogas la prohibición de la publicidad de apuestas deportivas, juegos de azar o de apuestas, propuesta respaldada por las distintas asociaciones que trabajan en la ayuda a personas adictas al juego. Nos quedamos solos votando a favor de la iniciativa, PP, PSOE y C´S votaron en contra. Demasiados intereses económicos detrás.
También hemos solicitado que los estudios de prevalencia del trastorno de juego y el observatorio sobre ludopatía se lleven a cabo desde el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en el seno del Consejo Interterritorial de Salud, porque aunque parezca mentira a día de hoy se hace por la Dirección General de Ordenación del Juego que depende del Ministerio de Hacienda, símbolo de que lo que prima es la recaudación y no el problema de salud.
¿Y el gobierno que va a hacer?
Pues nada o peor, lo potencia o eso parece, prima el interés-económico de algunos (el volumen de negocio del gremio del juego online es de unos 13.000 millones) sobre lo que debería ser el interés general.
Con la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 el gobierno va a convertir de facto a Ceuta y Melilla en una suerte de paraíso fiscal para las empresas de juego online y así intentar atraer a una gran mayoría de ellas ahora instaladas en Gibraltar o Malta y además regala a las empresas del juego online una rebaja fiscal. Una actividad que actualmente apenas aporta 52´7 millones a las arcas públicas ni genera prácticamente empleo.
Decir juega con responsabilidad mientras estimulas a la sociedad con una matraca de publicidad y accesibilidad e incentivos fiscales al juego es de una gran hipocresía. Y un gran peligro. Al ritmo que vamos de aquí unos años nos costará un dineral ayudar y dar cobijo a todos los casos de ludopatía que vamos a provocar con la inacción. De aquellos polvos vendrán estos lodos.
En el tema del juego online, gana la banca y pierde la sociedad.
(Artículo publicado originalmente en el Diario Público el 20 de mayo de 2018)

domingo, 1 de abril de 2018

BANDERAS A MEDIA ASTA POR EL ESTADO ACONFESIONAL.


Llega la Semana Santa y se acrecientan los homenajes del gobierno al artículo 16.3 de la Constitución, tal y como vemos en las noticias de ésta última semana: los ministros de Defensa, Interior y Justicia incluyen en su agenda oficial su participación en procesiones y diversos actos religiosos a celebrar en estas fechas.
Asimismo en los cuarteles militares y en el Ministerio de Defensa volverá a ondear la bandera a media asta para conmemorar la muerte de Jesucristo. El gobierno seguirá con la tradición e indultará a cinco presos a petición de cinco cofradías religiosas.
¿Son respetuosas todas estas decisiones con lo prevenido en el artículo 16.3 de la Constitución?. Nosotros creemos que no.
Hay que recordar que el artículo 16.3 de la Constitución española establece que ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones.
¿Es cooperación con la Iglesia católica que ondee la bandera a media asta en los cuarteles militares en un Estado aconfesional o es otra cosa?.
De lo que estamos hablando es de si la institución pública de un país, que según el artículo 16 es aconfesional, puede exhibir simbología, organizar, motivar o iniciar actividades de una determinada confesión religiosa.
Es cierto que la Constitución, tras declarar la aconfesionalidad del Estado, hace una especial referencia nominal a la religión católica teniendo en cuenta nuestra tradición cultural. Es obvio, no obstante, que obedece al momento en que nace la Constitución y entiendo que con el objetivo de desengancharse de forma suave del nacionalcatolicismo de la etapa franquista previa.
Pero con el gobierno del Partido Popular vamos para atrás y se sigue comprometiendo la necesaria neutralidad del Estado. Las instituciones públicas o sus miembros, cuando actúen como tal, no deberían poder realizar o participar en ritos religiosos ni hacer apología mediante símbolos o declaraciones. Las creencias personales de los cargos políticos, en tanto personas que son, merecen todo el respeto, como no puede ser de otra manera en un Estado constitucional y democrático. Las personas pueden tener o no creencias, pero las instituciones no las tienen. Confundir las creencias personales de índole religiosa con la función institucional que se ha de desempeñar es un grave error, como también lo es apelar a la tradición para seguir manteniendo la simbología religiosa en los actos públicos.
Ya pedimos hace unos meses en el Senado, después de interpelar al Ministro de Justicia, Rafael Catalá, un protocolo de obligado cumplimiento en todos los niveles (central, autonómico y local) por el que se garantice la no confesionalidad del Estado en los actos oficiales organizados por la Administración, por los representantes públicos y Fuerzas Armadas y de orden público con escaso éxito, debido a la oposición de la mayoría absoluta del Partido Popular.
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Es necesario afrontar en el siglo XXI un profundo debate sobre la separación Iglesia católica-Estado y dejar de mezclar la religión con la política y el Estado. La garantía de neutralidad es, además, una exigencia necesaria para hacer efectiva la igualdad, porque lo contrario implicaría un tratamiento discriminatorio hacia aquellos que no comparten los valores impuestos de una forma u otra por el aparato estatal.
El Tribunal Constitucional ha manifestado reiteradamente que el artículo 16.3 veda cualquier confusión entre funciones religiosas y funciones estatales. En la Sentencia 34/2011, de 28 de marzo, el Tribunal Constitucional dice que claramente que en un sistema jurídico político basado en el pluralismo, la libertad ideológica y religiosa de los individuos y la aconfesionalidad del Estado, todas las instituciones públicas han de ser ideológicamente neutrales.
¿Es ideológicamente neutral ondear las banderas a media asta?.
¿Es ideológicamente neutral incluir en la agenda pública de un ministro (de todos, creyentes o no) la asistencia a un acto religioso?. 
En palabras del profesor de filosofía Antonio Aramayona, el verdadero frentismo o polarización entre lo público y lo privado se debe al cerril mantenimiento de lo privado dentro de lo público o en lugar de lo público. Las instituciones públicas deben ser neutrales ante el hecho religioso, por respeto al conjunto de las confesiones y por respeto, también, al libre pensamiento.
Es hora de asegurar ya de una vez una efectiva separación entre Iglesia y Estado, porque a este paso, las banderas a media asta las tendremos que poner por la muerte del Estado aconfesional que (en teoría) proclama la Constitución.
(Artículo publicado originalmente en el Diario Público el 29 de marzo de 2018).

sábado, 3 de febrero de 2018

LLEGA EL MALDITO FEBRERO


“En relación a la pregunta de referencia, se informa que la caza es competencia de las Comunidades Autónomas, por ello, el gobierno no tiene previsto prohibir la caza con perros”.
Ésta es la escueta respuesta por parte del gobierno a las tres preguntas que recientemente le formulé:
-¿Tiene previsto el gobierno en coordinación con las Comunidades Autónomas algún tipo de actuación para reducir el número de perros de caza abandonados?.
-¿Tiene previsto el gobierno en coordinación con las Comunidades Autónomas algún tipo de control administrativo al finalizar la presente temporada de caza?.
-¿Se ha planteado el gobierno prohibir la caza con galgos como están solicitando protectoras y organizaciones no gubernamentales animalistas?.
La única pregunta a la que ha dado respuesta directa el gobierno es ésta última, no vamos a prohibir la caza con galgos. Las otras dos las responde por omisión: No vamos a hacer nada.
El gobierno se lava las manos con la excusa de que es una competencia autonómica. Ahora bien cuando las Comunidades Autónomas legislan sobre maltrato animal el gobierno recurre al Tribunal Constitucional como ha ocurrido con la prohibición de las corridas de toros en Cataluña o con la prohibición de sacrificar a los toros en las corridas en las Illes Balears.
Pero el problema de los perros de caza, principalmente galgos y podencos es grave. Diversas organizaciones y protectoras alertan que  el número de perros de caza abandonados está aumentando exponencialmente en los últimos tres años y que la situación va a peor, abandono en calles, campos y carreteras, muchas veces heridos y con fracturas, sobre todo en la época de caza.
También denuncian un aumento muy significativo de cachorros que lo atribuyen a que la selección y descarte de los perros se está haciendo ahora a edades más tempranas y temen la llegada del mes de Febrero cuando acaba la temporada de caza al verse desbordadas y sin medios ni recursos para hacer frente a esta situación.
Se calcula que, de raza galgo, 50.000 perros son abandonados cada año al finalizar la temporada de caza, si bien los datos oficiales no reflejan esta realidad. Así según los datos ofrecidos por el gobierno a preguntas de mi compañera Maribel Mora, en 2016 fueron incoadas 113 infracciones penales relativos a galgos y 151 en relación a otros perros de caza y 1.401 infracciones administrativas relativas a galgos y 2.183 en relación a otros perros de caza.

Según datos de la propia Guardia Civil, alrededor del 40% de los perros afectados por algún tipo de maltrato animal son galgos y otros perros de caza.
Sea como sea, las cifras abruman y rara es la semana que no vemos duras imágenes de galgos abandonados malheridos y famélicos, muertos en el fondo de pozos o ahorcados en árboles y los refugios y protectoras no dan abasto.
El Estado español sigue siendo el único de la Unión Europea que permite la caza con galgos.
Estamos en una legislatura que creo (y deseo) será de inflexión en relación a los derechos de los animales. La prohibición de cortar el rabo a los perros, también a los de caza, el apoyo unánime para considerar a los animales seres sintientes y no cosas y algunas iniciativas pendientes de debatirse como incluir en la educación la empatía hacia los animales o la recientemente presentada iniciativa para incluir en el Código Penal el maltrato a animales salvajes no dejan de ser un reflejo del sentir social sobre la defensa de los derechos de los animales.
Y también, cada día son más las voces que reclaman la prohibición de la caza con perros por el maltrato que conlleva.
Y llega febrero, y termina la temporada de caza en España. Y empieza Febrero, el miedo de los galgos. Título de un recomendable documental sobre la realidad en España de los galgos.
El 4 de febrero, se van a celebrar en 31 ciudades españolas y en otras ciudades de Francia, Italia y Bélgica manifestaciones contra la caza y el abandono, maltrato y matanza de perros llamados de caza. Allí nos veremos y bien acompañados.
(Artículo publicado originalmente en la Revista Treball el 1 de febrero con el título Arriba el maleït febrer)