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martes, 9 de agosto de 2016

RECUPERAR LA JUSTICIA UNIVERSAL

El reciente Auto 3420/2016, de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 18 de abril de 2016 denunciaba que la reforma de la Justicia Universal aprobada por la Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo (reforma del PP) supuso una "restricción sustancial y extrema" de los derechos de los españoles víctimas de genocidios en el extranjero".

Añadía el Tribunal Supremo que "la nueva regulación del principio de justicia universal con respecto a los delitos de genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra ha procedido a una restricción tan sustancial del derecho de los ciudadanos españoles víctimas de tales delitos en el extranjero, que excluye de forma extrema su acceso a la jurisdicción para defender sus derechos dentro del territorio español dada la escasísima posibilidad de que uno de los presuntos autores resida habitualmente en España". 

Señala además el Auto que "La gran contradicción sustancial de la reforma queda evidenciada en el hecho de que mientras que los delitos más graves del Derecho Penal Internacional (lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra) son desplazados fuera de la competencia de la jurisdicción española, excepto para los supuestos de rarísimas excepciones anteriormente expuestas; en cambio, si cabría encuadrar en el ámbito de nuestra jurisdicción los delitos de segundo grado del Derecho Penal internacional, aunque también con unas restricciones que no se daban en la Ley Orgánica 1/2009 (reforma del PSOE), y mucho menos en la 6/1985".

La reforma del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial operada por la Ley Orgánica 1/2014 con el rodillo de la mayoría absoluta popular no sólo niega la justicia a las víctimas extranjeras de graves violaciones de derechos humanos sino que también deja en situación de desamparo a las víctimas españolas que sufran delitos internacionales en el extranjero, suponiendo en la práctica la derogación del principio de justicia universal debido a la introducción de un listado de condiciones que en la práctica hacen imposible la intervención de la jurisdicción española, contraviniendo además el Estatuto de la Corte Penal Internacional que en su Preámbulo recuerda que "es deber de todo Estado ejercer su jurisdicción penal contra los responsables de crímenes internacionales".

En su día la reforma fue tachada por diversos jueces, especialmente de la Audiencia Nacional de "chapuza", "inadmisible" y "deficiente", entre otros adjetivos.

No en vano, la precipitación de la reforma ha tenido otros efectos colaterales, por ejemplo, en asuntos de tráfico de drogas, impidiendo perseguir a los barcos que transportan droga que naveguen en aguas jurisdiccionales internacionales próximas a las costas españolas, salvo que la embarcación tenga bandera española o a bordo estén tripulantes españoles o que el barco se dirija a España y que provocó la excarcelación de personas en su día imputadas.

La reforma del PSOE (Ley Orgánica 1/2009) ya limitó el principio de la justicia universal solo a los supuestos casi imposibles de que los acusados se encontrasen en España, que las víctimas fuesen españolas o que existiese conexión relevante con nuestro país.

La reforma del PP (Ley Orgánica 1/2014) debilita el Estado de Derecho, contraviene el Derecho Internacional y ataca los Derechos Humanos y la dignidad de las victimas.


La realidad del por qué de dichas reformas se debe, no a razones de justicia o de mejora legislativa, sino a las relaciones internacionales o a intereses comerciales, la del PSOE por Israel y la del PP por China. 

Ayer nuestro Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presentó una moción en el Senado instando a la derogación del actual artículo 23 de la LOPJ para volver al redactado anterior de las referidas reformas a fin de recuperar la Justicia Universal.




lunes, 1 de agosto de 2016

NO ERA UNA REACCIÓN CORPORATIVA, ES QUE ERAN INCONSTITUCIONALES.

Ahora que el Tribunal Constitucional en una Sentencia tardía y muy discutible jurídicamente ha declarado la inconstitucionalidad de parte de las tasas judiciales conviene recordar las palabras del promotor de la ley, el ex ministro de Justicia Alberto Ruíz-Gallardón con la connivencia del partido que las aprobó y las mantuvo, el Partido Popular.

No voy a analizar aquí la Sentencia, pues lo dejo a juristas mucho más ilustrados y estudiosos de la materia que poco a poco nos van dejando sus comentarios sobre la misma en sus blogs. Os dejo aquí algunos enlaces sobre posts interesantes sobre la materia:





Lo que aquí quería recordar fueron las insultantes palabras para la profesión que hizo en su día en el Congreso de los Diputados el ex ministro Sr. Gallardón. 

En una sesión de control al gobierno, además de defender la constitucionalidad del aumento de las tasas judiciales que iban a ayudar a desatascar los Juzgados y defender los beneficios que supondrían para la justicia gratuita (leerlo ahora tiene un cariz insultante cuando ni un solo euro de lo recaudado ha sido destinado a la Justicia), afirmaba que las tasas judiciales no habían encontrado rechazo social, sino una "reacción corporativa"

Reproduzco aquí el diario de la sesión plenaria del 28 de noviembre de 2012:

- PREGUNTA DEL DIPUTADO DON ÀLEX SÁEZ JUBERO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA, QUE FORMULA AL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA: ¿CÓMO VALORA LA REACCIÓN SOCIAL ANTE LA LEY DE TASAS JUDICIALES? (Número de expediente 180/000329). 

El señor PRESIDENTE: Preguntas dirigidas al señor ministro de Justicia. En primer lugar, don Álex Sáez Jubero, del Grupo Socialista. 

El señor SÁEZ JUBERO: Gracias, señor presidente. 

Señor ministro, lo que usted ha conseguido en el actual contexto no es nada fácil: concitar un amplio consenso de grupos parlamentarios, de operadores jurídicos, de ciudadanos, contra su Ley de Tasas Judiciales. Una ley, señor ministro, que -usted lo sabe bien- generaliza el pago de tasas judiciales al conjunto de los ciudadanos, cuando hasta la fecha únicamente venían obligados a ello las grandes entidades mercantiles con un volumen de negocio que sistemáticamente acuden a juzgados y tribunales. 

Conoce nuestra posición, es una ley que rompe el principio de igualdad en el acceso a la justicia y que además impide a muchos ciudadanos que puedan tener la tutela judicial efectiva. Por este motivo, nuestro grupo parlamentario ya le ha anunciado la interposición de recurso de inconstitucionalidad. Además, es una ley que viene precedida de una notable falta de diálogo con los operadores jurídicos, con los grupos parlamentarios, que nos vimos la mayoría obligados a darle un plante en la Comisión de Justicia ante la falta de diálogo con los grupos. Además, viene con una notable improvisación en su entrada en vigor. Desoyó al Consejo de Estado, que en el dictamen que hizo en julio le aconsejaba la aplicación de un régimen transitorio. Y además, al día siguiente de la entrada en vigor, se vio obligado a establecer una instrucción a los secretarios judiciales pidiéndoles que incumplieran la ley -lo que nos parece una irresponsabilidad política- y que no exigieran las tasas porque todavía no estaba el formulario de autoliquidación de esta tasa judicial. ¿Qué le supone al ministro el rechazo social que ha tenido esta Ley de Tasas? (Aplausos). 

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor diputado. 

Señor ministro. 

El señor MINISTRO DE JUSTICIA (Ruiz-Gallardón Jiménez): Gracias, señor presidente. 

Señor Sáez Jubero, me pregunta usted por la reacción social o por el rechazo social. A lo que existe un rechazo social en España es al mal funcionamiento de la justicia, que según la última encuesta del CIS, realizada cuando todavía ustedes estaban en el Gobierno, es el servicio público peor valorado de todos los que se prestan en España. La Ley de Tasas, como un instrumento más que va a hacer posible la extensión de la justicia gratuita es, sin duda ninguna, un instrumento para resolver esa situación. Habla usted de reacción social. No, señor Sáez Jubero, ha habido, es cierto y yo lo respeto, una reacción corporativa, como siempre que se establecen cambios en este país. Pero usted ha venido aquí no a defender los intereses de los ciudadanos, que son los que defiende el Gobierno, sino los legítimos derechos de determinadas corporaciones. (Rumores). Es su elección, señor diputado. (Aplausos). 

El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Sáez Jubero. 

El señor SÁEZ JUBERO: Señor ministro, no nos convence. Tome medidas que impidan que las personas físicas tengan que hacer el pago de esas tasas judiciales. ¿Le parece a usted proporcionado -hay múltiples ejemplos- que un ciudadano tenga que pagar por una reclamación de 3.500 euros 1.165 euros de tasas en Cataluña por doble imposición y 985 euros en el resto de comunidades autónomas? ¿No es esta una barrera de acceso a la justicia, señor ministro? (Aplausos). 

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor diputado. 

Señor ministro. 

El señor MINISTRO DE JUSTICIA (Ruiz-Gallardón Jiménez): Gracias, señor presidente. 

Si habla usted de doble imposición en Cataluña y teniendo en cuenta que el título de jurisdicción es competencia exclusiva de la Administración General del Estado y no de las comunidades autónomas, explíqueme usted por qué ustedes han apoyado esa doble imposición en el Parlament de Catalunya. Es una contradicción. 

Me va a permitir, señor diputado, que le lea un anuncio que ya leí en su momento pero que usted, naturalmente, no estaba obligado a escuchar. Es una cuña publicitaria, una cuña que podría haber oído usted esta mañana viniendo en coche hacia el Congreso de los Diputados. Se titula: Cómo ganamos recursos de multas. Dice así: ¿Sabías que puedes evitar perder los puntos y pagar las multas? No importa la gravedad de la infracción, con la empresa equis -me perdonará el señor presidente que no haga propaganda- nos das tu multa, redactamos el escrito de alegaciones y se lo mandamos a la Administración. Ellos probablemente nos devuelvan un trámite de audiencia y nosotros les devolvemos otras alegaciones, y así empieza un partido que puede durar de seis meses a dos años. Lo importante -sigue diciendo esta empresa- es que pasamos el recurso al otro campo, a la Administración, que tarde o temprano cometerá un fallo en el procedimiento y ahí es cuando ganamos el recurso y no pagas la multa. En la empresa equis llevamos quince años practicándolo. 

Señor diputado, ¿es esta la justicia que usted quiere? (Protestas.-Un señor diputado: ¡Venga, hombre!). ¿Usted pretende un instrumento que lo que haga es que no se pueda de verdad administrar justicia? Señor diputado, esta empresa anteayer anunció lo mismo que usted ha anunciado, que van a recurrir al Tribunal Constitucional. Defensa corporativa. Está usted en su derecho. 

Gracias, señor presidente. (Aplausos). 

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor ministro. 

Pues no, no era una reacción corporativa, era una norma inconstitucional que vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva. Espero que al menos tengo la decencia de disculparse.

domingo, 29 de mayo de 2016

LA IMPORTANCIA DEL SENADO. ACABEMOS CON LA MAYORÍA DE BLOQUEO DEL PP.

Desde que el pasado mes de diciembre fui elegido Senador por En Comú Podem mucha gente me pregunta para qué sirve el Senado. Ahora con unas nuevas elecciones a la vista el 26J, en la que repito como número 3 por Barcelona intento explicar en este post cuál es la importancia del Senado, si bien es evidente que necesita una total transformación pues la sensación compartida por mucha gente es que no deja de ser un retiro dorado en agradecimiento de los servicios prestados a miembros de los partidos del bipartidismo, lo cierto es que sólo podremos cambiar el Senado y el "establishment" desde dentro.


Por ello, es imprescindible lograr una mayoría en el Senado y sobre todo evitar que se repita una mayoría absoluta del Partido Popular como en la breve XI Legislatura. De las consecuencias del bloqueo del PP ya escribí en mi anterior post "El bloqueo del PP al trabajo en el Senado.

Veamos primero cuál es su función.

Función del Senado:

La Constitución le otorga también las tres funciones de todo Parlamento: la potestad legislativa, la aprobación de los presupuestos y el control de acción del Gobierno.

-Potestad legislativa: A pesar de esa potestad siempre está supeditada al Congreso, que es quien inicia las leyes, excepto en un caso, los proyectos del Fondo de Compensación Interterritorial, en el que el Senado tiene prioridad al Congreso, por lo que prácticamente se convierte en una cámara de segunda lectura.

Respecto de los proyectos legislativos que llegan del Congreso, el Senado habitualmente tiene dos meses o 20 días si son de tramitación urgente para introducir enmiendas (mayoría simple) u oponer su veto (mayoría absoluta). A su vuelta al Congreso, las enmiendas introducidas por el Senado se aceptan o rechazan por mayoría simple y el veto puede levantarse por mayoría absoluta o por mayoría simple dejando transcurrir dos meses desde la interposición del veto. 

-Presupuestos: Se trata de la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado, cuya repercusión en las políticas sociales a llevar a cabo es primordial. El procedimiento es similar al de la potestad legislativa aunque con determinadas particularidades, pues lo presenta el Gobierno y la presentación de enmiendas está sometida a condiciones más estrictas pues cualquier aumento debe ir acompañado de una baja de igual cuantía en la misma sección. 

-Control al gobierno: Se realiza a través de los diversos instrumentos que tienen los senadores: mociones, interpelaciones, preguntas, informes, comparecencias o comisiones de investigación.

Asimismo otras funciones del Senado son:

-Autorización de tratados internacionales: Para que un tratado internacional sea ratificado por España se necesita la autorización de ambas cámaras. En caso de desacuerdo entre ambas Cámaras se constituye una Comisión mixta entre ambas para alcanzar un acuerdo. Si el desacuardo persiste decide el Congreso por mayoría absoluta.

-Elección de miembros de órganos constitucionales: 4 magistrados del Tribunal Constitucional. 10 vocales del Consejo General del Poder Judicial, 6 consejeros del Tribunal de Cuentas, ...

-Función de integración territorial: En ellas el Senado iguala sus poderes con el Congreso o incluso, en algunos casos tiene prioridad o exclusividad: Autorización de los acuerdos de cooperación entre Comunidades Autónomas, dotación, distribución y regulación del Fondo de Compensación Interterritorial, leyes de armonización entre Comunidades.

Aquí se incluyen dos de las funciones principales y más polémicas:

    -Adopción de medidas para obligar a las Comunidades Autónomas al cumplimiento forzoso de sus obligaciones constitucionales y legales o prevenir su actuación cuando atente gravemente contra el interés general de España.

   -Autorización para proceder a la disolución de los órganos de las corporaciones locales en el supuesto de gestión gravemente dañosa para los intereses generales que suponga incumplimiento de sus obligaciones constitucionales.

Composición y elección: 

El Senado se compone por 208 senadores elegidos por sufragio universal, que son los que se van a elegir el próximo 26J y actualmente por otros 48 senadores por designación de las Comunidades Autónomas. En total a día de hoy 256 senadores.

A diferencia del Congreso, las candidaturas al Senado son personales con listas abiertas. El sistema electoral del Senado es el mayoritario y salen elegidos los cuatro candidatos más votados en cada provincia peninsular, es por ello que mientras en Barcelona en las últimas elecciones se necesitaron más de medio millón de votos para ser Senador, en Badajoz o Soria, por ejemplo, fueron suficientes 13.000 votos. Choca que en una cámara de representación territorial la circunscripción sea provincial y no por Comunidad Autónoma.


Respecto de la importancia del Senado y del dominio del bipartidismo y especialmente del PP en el Senado os recomiendo dos artículos del Catedrático de Ciencia Política, Francesc Sellarés:  El Senado y su importancia para el cambio y El Senado y su importancia para el cambio (II).

Para las reformas constitucionales que se proponen, entre ellas la reforma del Senado, es imprescindible terminar con la ficticia mayoría de bloqueo del Partido Popular gracias a un sistema electoral que les favorece y ahí es donde hay que insistir. Lamentablemente el PSOE no quiso acabar con esa mayoría con listas conjuntas para el Senado pero habrá que luchar e insistir provincia a provincia para obtener el mayor número de senadores del cambio. 

Nos jugamos mucho y para eso necesitamos al Senado: el rescate social, el encaje territorial, la reforma de la ley electoral, ... suficientes razones para acabar con la mayoría absoluta del PP. 

La única forma de cambiar las instituciones es desde dentro. Revolucionemos el Senado.




lunes, 16 de mayo de 2016

TASA GOOGLE, PUBLICIDAD INSTITUCIONAL Y MERCADO ÚNICO DIGITAL.

El pasado viernes participé en el XI Congreso Nacional de Editores de Publicaciones Periódicas que se celebró en la localidad de Fuengirola (Málaga).


Bajo el título "La nueva regulación que viene" y moderada por el Secretario General de AEEPP, Carlos Astiz, la mesa de debate estaba compuesta por Isabel Díaz Ayuso, diputada de la Asamblea de Madrid por el Partido Popular, Iván García Blanco, ex senador, por el PSOE, Jesús Ricardo Megías Morales, diputado de la Asamblea de Madrid por Ciudadanos y por mí, en representación de Podemos-En Comú Podem-En Marea.

Tasa Google o Canon AEDE:

Nuestro grupo parlamentario presentó una proposición de ley de derogación del artículo 32.2 de la Ley de Propiedad Intelectual a fin de eliminar la conocida como tasa google o canon AEDE, es decir el derecho a percibir una compensación equitativa irrenunciable a editores o, en su caso, a otros titulares de derechos por la puesta a disposición del público por parte de prestadores de servicios electrónicos de agregación de contenidos de fragmentos no significativos de contenidos, divulgados en publicaciones periódicas o en sitios webs de actualización periódica y que tengan una finalidad informativa, de creación de opinión pública o de entretenimiento.

Aquí os dejo el enlace de la proposición de ley.

La medida además de limitar la competencia como denunció en su día la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha tenido efectos negativos para todas las partes implicadas: los agregadores de noticias (cierre de Google News, barrera de entrada, ...). sus usuarios (menor información y mayor tiempo de búsqueda), los anunciantes (menor impacto publicitario) e incluso los propios editores de prensa que han perdido audiencia y han percibido menores ingresos por publicidad.

El gobierno del PP no ha sabido qué hacer con la "tasa Google" después de su aprobación y entrada en vigor, prueba de ello es que quedó pendiente de desarrollarla a través de un reglamento que fijara los precios a pagar a los diarios por cada noticia y, más de un año después no se ha escrito ni una letra de ese reglamento.

La norma se aprobó por la presión de los grandes editores, que exigían el pago de un canon a Google por permitir que "subiera" sus noticias a la red y comercializara con ellas. Esas presiones surtieron efecto y se impuso la inclusión de esta tasa en la ley de reforma de la Propiedad Intelectual. Pero la respuesta de Google News fue cerrar su servicio en España.

El cierre de Google News ha afectado de forma desigual a los diarios.. Los grandes han perdido sólo entre un 2% y un 3% de tráfico mientras que los más pequeños han llegado a perder un 15% del tráfico. La razón de ello es que mientras los grandes diarios tienen marca y eso hace que el usuario vaya a visitar su página, los más pequeños dependen más de los buscadores y de los servicios de noticias. 

En definitiva, parece claro que la "tasa google" se ha revelado como un absoluto desacierto, por lo que en la próxima legislatura se volverá a solicitar su derogación.

Publicidad Institucional:

Entre las medidas propuestas por Podemos-En Comú Podem-En Marea en la Proposición No de Ley que presentamos en la fallida Legislatura de fomento del tercer sector de la comunicación se incluía un reparto de la publicidad institucional transparente y basado en criterios socioeconómicos objetivables. Os dejo aquí el enlace de la PNL.

Es necesario iniciar un debate con todos sobre las posibilidades y limitaciones que tiene la publicidad institucional en el nuevo escenario digital y sobre todo su regulación pues hay que crear mecanismos para incentivar y promover el pluralismo informativo. La demanda de transparencia en la concesión de la publicidad institucional ha sido una problemática creciente en los últimos años y resulta fundamental para entender las relaciones Prensa-Estado y las conexiones entre los grandes editores y el gobierno central, pero también para analizar la influencia de las cabeceras autonómicas o locales.

No resulta casual que en su día no se incluyera la publicidad institucional en la Ley de Transparencia cuando debería pedirse la máxima transparencia en su concesión.

Son muchos los ejemplos (por parte de todo el espectro político) del uso "partidista" que se ha venido haciendo de la publicidad institucional. Recomiendo la lectura del artículo publicado por el periódico digital Bez, que exponía toda una serie de ejemplos de ese uso partidista: Publicidad institucional: la mano invisible de las ayudas a la prensa.

Desde aumentar el presupuesto de publicidad institucional en año electoral como "elemento de presión" para premiar a medios de comunicación "amigos" o castigar a medios "poco afines" a pliegos de prescripciones donde aparecen los medios de comunicación en los que hay que gastar el dinero.

Mercado único digital:

El mercado único digital es uno de los ámbitos más prometedores y más desafiantes del progreso. Los servicios del mercado y de la administración desarrollados dentro del mercado único digital están evolucionando de plataformas fijas a plataformas móviles, son cada vez más omnipresentes y ofrecen accesos a la información y al contenido en cualquier momento, lugar o dispositivo. 

Estos avances requieren un marco normativo que elimine las barreras nacionales y que facilite el desarrollo de la computación en la nube, una conectividad de datos móviles sin fronteras y un acceso simplificado a la información y al contenido, preservando la privacidad, los datos personales, la seguridad cibernética y la neutralidad de la red. 

El Parlamento europeo está construyendo el mercado único digital a través de una actividad legislativa intensiva. Los actos legislativos más recientes abarcan desde la introducción de garantías de la neutralidad de la red, la reducción de las tarifas de itinerancia, conducente a la eliminación de las tarifas de itinerancia de datos para junio de 2017 y la adopción de la Directiva relativa a medidas para reducir el coste del despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad y el Reglamento relativo a la identificación electrónica  los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior.

Aquí os dejo el enlace sobre el trabajo que se está realizando por el Parlamento europeo.

Y todo ello en relación con las plataformas digitales, que afectan a prácticamente todo internet, pues por plataforma se entiende aquél lugar que se ofrece como `punto de unión entre proveedores y clientes e incluye buscadores online (Google, Bing, ...), mercados online (Amazon, eBay, ...), distribuidores de contenido audiovisual (Netflix, Spotify, ...), medios de pago (PayPal, ...) o redes sociales (Facebook, Twitter, ...).

Todas estas reformas deberán hacerse con la participación de representantes de la ciudadanía, titulares de derechos de propiedad intelectual, industrias culturales y empresas tecnológicas para alcanzar consensos para configurar un sistema equitativo, sostenible y justo.




lunes, 2 de mayo de 2016

LA JUSTICIA EN LA XI LEGISLATURA.

Hoy termina la XI Legislatura, la más corta de la historia, pues mañana se certificará la disolución de las Cámaras y la convocatoria de nuevas elecciones.

Todas las Proposiciones de Ley, mociones, Proposiciones no de Ley, preguntas, solicitudes de comparecencia, etc. decaerán. No obstante es mucho el trabajo que se ha realizado estos casi cuatro meses de actividad parlamentaria y, ello ha permitido comprobar el posicionamiento de los partidos políticos en una gran cantidad de temas. El trabajo no será en vano pues muchas de ellas podrán reproducirse en cuanto se inicie la XII Legislatura.

Pero veamos lo que ha dado de sí la Legislatura en el ámbito de la Justicia.


-CONGRESO DE LOS DIPUTADOS:

Pleno:

Únicamente llegó al Pleno la Proposición de ley de modificación del régimen de tasas judiciales, establecido por la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, para la exención de las entidades sin fines lucrativos que hayan optado por el régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y los sujetos pasivos que tengan la consideración de entidades de reducida dimensión de acuerdo con lo previsto en la normativa reguladora del impuesto sobre Sociedades. Abreviando, la exención de tasas judiciales para pymes y ONG´s.

La proposición de ley fue aprobada con 322 votos a favor y una sola abstención.  Aquí os dejo en enlace al texto aprobado. El PP que fue quien las aprobó, quien después las eliminó para las personas físicas por la presión ciudadana ahora cambia su criterio y también vota a favor de su eliminación. 

Se presentaron también idénticas iniciativas por otros grupos parlamentarios, si bien ésta fue la primera que llegó al Pleno.

Otras proposiciones de ley que no llegaron al Pleno fueron:

-De derogación del artículo 324 LECr Aquí os dejo el enlace del texto.

-De modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en relación al artículo 315.3 CP. Aquí os dejo el enlace.

-De derogación del artículo 315.3 CP. Aquí os dejo el enlace del texto.

-De reforma de la Ley de 18 de junio de 1870 de Reglas para el ejercicio de la Gracia de indulto. Aquí os dejo el enlace del texto.

-De derogación del plazo máximo previsto para la instrucción en la LECr. Aquí os dejo el enlace del texto.

-De modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la mejora de la justicia universal. Aquí os dejo el enlace del texto.

-De modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para la despenalización del derecho de huelga. Aquí os dejo el enlace del texto.

-De derogación de la Ley Orgánica 15/2015, de 16 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional, para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional como garantía del Estado de Derecho. Aquí os dejo el enlace de texto.

-De modificación de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado para garantizar la participación de las personas con discapacidad sin exclusiones. Aquí os dejo el enlace del texto.

-De reforma del Código Penal para la supresión de la prisión permanente revisable. Aquí os dejo el enlace del texto.

Comisión: 

En la comisión de Justicia el trabajo fue el siguiente:

Proposiciones no de Ley:

Aprobadas:

-Relativa al impulso de medidas que permitan un tratamiento específico y adaptado a sus necesidades para los menores de edad en todos los procesos judiciales. Aprobado con 34 votos a favor y 9 abstenciones. Aquí el enlace al texto y aquí el enlace al Diario de Sesiones y el enlace de las intervenciones en la Comisión.

-Relativa a la suspensión de la aplicación del artículo 324 LECr. Aprobada con modificaciones. Aquí el enlace al texto y el enlace al texto aprobado y aquí el enlace al Diario de Sesiones y el enlace de las intervenciones en la Comisión.

-Relativa a los delitos de fraude fiscal y el fraude de subvenciones o ayudas de las Administraciones Públicas. Aprobada con modificaciones Aquí el enlace al texto y el enlace al texto aprobado y el enlace al Diario de Sesiones y el enlace de las intervenciones en la Comisión.

-Sobre el uso de los medios telemáticos en la Administración de Justicia. Aprobada con modificaciones. Aquí el enlace al texto presentado y el enlace al texto aprobado y el enlace al Diario de Sesiones y el enlace de las intervenciones en la Comisión.

-Relativa a la exención del pago de tasas judiciales a las entidades sin ánimo de lucro y a las empresas de reducida dimensión. Aprobada con modificaciones. Aquí el enlace al texto presentado y el enlace al texto aprobado y el enlace al Diario de Sesiones y el enlace de las intervenciones en la Comisión.

-Sobre la investigación del robo de recién nacidos. Aprobada con modificaciones. Aquí el enlace al texto presentado y el enlace al texto aprobado y el enlace al Diario de Sesiones y el enlace de las intervenciones en la Comisión. 

-Sobre actuaciones para promover la claridad del lenguaje jurídico. Aprobada con modificaciones. Aquí el enlace al texto presentado y el enlace al texto aprobado y el enlace al Diario de Sesiones y el enlace de las intervenciones en la Comisión.

-Sobre modificación del artículo 22.1 del Código Civil. Aprobada con modificaciones. Aquí el enlace al texto presentado y el enlace al texto aprobado y el enlace al Diario de Sesiones y el enlace de las intervenciones en la Comisión. 

-Sobre la derogación de la pena de prisión permanente revisable. Aprobada. Aquí el enlace al texto presentado y el enlace al Diario de Sesiones y el enlace de las intervenciones en la Comisión.

Rechazadas:

-Sobre el estudio de una posible reforma normativa encaminada a la instrucción y enjuiciamiento conjunto de mayores y menores de edad, en determinadas circunstancias. Rechazada. Aquí el enlace al texto presentado y el enlace al Diario de Sesiones y el enlace de las intervenciones en la Comisión.  

-Sobre medidas para solucionar los problemas que está generando la aplicación LexNet. Rechazada. Aquí el enlace al texto presentado y el enlace al Diario de Sesiones y el enlace de las intervenciones en la Comisión.

No tramitadas:

-Relativa a  dotar de más recursos humanos y materiales a la Administración de Justicia, así como abordar las reformas necesarias para poder dar una respuesta ágil y eficiente a la resolución de los litigios judiciales.

-Sobre medidas para garantizar la realización efectiva de sus derechos a las víctimas/perjudicados por accidentes de tráfico, incluidos el acceso a la tutela judicial efectiva.

-Sobre la protección y garantía de los derechos lingüísticos en el ámbito de la justicia.

-Sobre cláusulas abusivas en los contratos de préstamo con garantía hipotecaria celebrados con consumidores.

-Sobre la retirada de los recursos de inconstitucionalidad pendientes contra las leyes de Derecho Civil valenciano. Aquí el enlace al texto íntegro.

-Por la que se insta al Ministerio de Justicia a que cumplimente el exhorto o comisión rogatoria cursado por las autoridades argentinas relativa a la llamada querella argentina contra los crímenes del franquismo. Aquí el enlace al texto íntegro.

-Sobre la creación de nuevas unidades judiciales para el año 2016. Aquí el enlace al texto íntegro.

-Sobre actuaciones para mejorar la asistencia jurídica gratuita. Aquí el enlace al texto integro.

-Sobre la concesión de la nacionalidad a los saharauis. Aquí el enlace al texto íntegro.

-Sobre reconocimiento por parte de la Administración Tributaria de la figura de la apartación establecida en el Código Civil Gallego, como una transmisión lucrativa mortis causa. Aquí el enlace al texto íntegro.

-Relativa a garantizar el derecho a realizar la prueba de acceso a la profesión de abogado en catalán, euskera y gallego. Aquí el enlace al texto íntegro.

-Relativa a la creación de nuevos órganos judiciales. Aquí el enlace al texto íntegro.

-Relativa a facilitar la obtención del certificado de penales a las personas que desean inscribirse en la bolsa de trabajo del personal docente del Departament d´Ensenyament en Cataluña. Aquí el enlace al texto íntegro.

Comparecencias:

Se solicitó en tres ocasiones la comparecencia del Ministerio de Justicia, Sr. Rafael Catala Polo, si bien como es sabido, el gobierno no atendía por regla general las peticiones de comparecencia:

-Para que explicara los motivos por los que el Ministerio no ha cumplimentado el exhorto internacional remitido por vía diplomática al Juzgado Central de Instrucción de la Audiencia Nacional española con objeto de tomar declaración a los ciudadanos españoles imputados en la causa criminal 4591/10, incumpliendo gravemente el Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en materia penal entre el Reino de España y la República de Argentina de 3 de marzo de 1987, ratificado en Madrid el 15 de junio de 1990; así como para explicar si ha solicitado a la Juez competente en la causa el envío de las preguntas a realizar en el interrogatorio a los investigados, y en su caso los motivos. 

-Para informar sobre la implantación de Lex Net y especialmente en el ámbito de competencia de su Ministerio.

-Para informar de las medidas que ha adoptado el Ministerio de Justicia en relación a la implementación de mejoras en la Administración de Justicia, para evitar que la entrada en vigor de la reforma del artículo 324 LECR, que establece limitación de los plazos para la investigación de las causas penales, pueda dar lugar a situaciones de impunidad.

Asimismo se solicitó la comparecencia de:

-Fiscal General del Estado, Sra. Consuelo Madrigal para informar y explicar el contenido de la Memoria Anual de la Fiscalía General del Estado correspondiente al año 2014, así como determinados asuntos de actualidad en los que se ha puesto públicamente en duda la imparcialidad de la actuación del Ministerio Público. Aquí os dejo el enlace del texto integro del diario de sesiones y el enlace de las intervenciones.

-Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, Sr. Carlos Lesmes, para informar y explicar el contenido de la Memoria sobre el estado, funcionamiento y actividades del Consejo General del Poder Judicial y de los Juzgados y Tribunales correspondiente al año 2014, así como determinados asuntos de actualidad en los que se ha puesto públicamente en duda la actuación de dicho Consejo y algunas altas autoridades judiciales.  

-Subdirector General de Nuevas Tecnologías de la Justicia, para informar del mal funcionamiento y de los problemas que presenta la plataforma LexNet. No compareció.

-SENADO:

En el Senado, como ya os dije en mi anterior post la mayoría absoluta del PP ha bloqueado cualquier actividad y únicamente se han celebrado cuatro plenos, en los que no entró ninguna moción correspondiente a Justicia. En el tintero se quedaron mociones de nuestro grupo sobre la derogación del artículo 315.3 CP o sobre la reforma de la Ley del Jurado  para garantizar la participación de las personas con discapacidad sin exclusiones, solicitudes de comparecencias y preguntas al Gobierno como ya os he ido explicando en este blog.

Tampoco se convocó la Comisión de Justicia excepto para su constitución.

Muchas propuestas e ideas se quedaron sin poder desarrollarse para intentar mejorar la JUSTICIA (con mayúscula) pero que deberán trabajarse en la próxima legislatura para poner por fin a la JUSTICIA donde se merece y con mejores y más justas leyes.


No quiero acabar este post sin dar las gracias a mis compañeros de la Comisión de Justicia Congreso/Senado de mi grupo parlamentario Podemos-En Comú-En Marea más Compromis en el Senado, por su enorme trabajo, ilusión y compañerismo. Pase lo que pase el 26 de junio, el hecho de conocerlos, trabajar con ellos y compartir proyecto ha sido para mí un placer. Desde aquí mi pequeño homenaje a Victoria Rosell, Gloria Elizo, Juan Pedro Yllanes, David Bravo, Jaume Moya, Yolanda Díaz, Sara Carreño, Mª Isabel Medina, Maribel Mora y Celia Cánovas.