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sábado, 2 de junio de 2018

HAGAN JUEGO QUE GANA LA BANCA ... Y PIERDE LA SOCIEDAD

Las apuestas deportivas online o el póker o casino online cada vez tienen más adeptos y está creciendo vertiginosamente el número de adictos. La ludopatía se está apoderando cada vez de más personas y de perfiles más jóvenes.

Una droga destructiva aunque no lo parezca. Hay ya más de 676.322 usuarios activos en las casas de apuestas según el informe Trimestral del Mercado del Juego Online.
Las asociaciones que tenían controlados los perfiles de posibles ludópatas han visto como todo el escenario que conocían ha cambiado repentinamente.
Hasta hace poco los jugadores empezaban de media a los 28 años a apostar. Ahora esa media está ya en los 18 años, según aseguran algunos estudios y la mayoría que acude a solicitar ayuda se sitúa entre los 18 y 25 años cuando hace siete años la media de edad era de 35 a 45 años.
Los casos de adictos al juego online ya son la segunda causa de tratamiento por adicción al juego en España. Desde que se reguló en 2012, el juego online no ha dejado de aumentar en España. Cada vez se apuesta más dinero, cada vez juega más gente y cada vez las casas de apuestas gastan más en publicidad. Si no hacemos nada, en poco tiempo será la primera causa de ludopatía, si no lo es ya.
Los datos asustan.
Un tormento para quien cae en la ludopatía y para sus allegados.
Y las casas de apuestas no paran de crecer, sobre todo en los barrios obreros, un fenómeno que llevan años practicando en Reino Unido.
No es de extrañar que el estudio de percepción social del juego del azar de 2016 señale a la clase media-baja como la de principal prevalencia de la adicción.
Todos los expertos coinciden en señalar los riesgos que conlleva la posibilidad de poder apostar durante toda la jornada sin someterse a ningún control social y ello incide en el tiempo necesario para desarrollar una adicción. Si en el juego presencial se necesitan entre cinco y seis años apostando para engancharse, en el juego online basta con uno o dos.
La publicidad para el juego presencial está prohibida en España. En cambio las casas de apuestas y de póker online sí pueden hacer anuncios y se gastan una millonada en promocionarse. Y además utilizan referentes deportivos de los jóvenes para anunciarlas y a pesar de la protección de horario infantil se les permite saltárselo con la excusa de las retransmisiones deportivas.
Las claves del enganche es que son apuestas con un importe bajo, que generan sensación de control y bajo riesgo, la facilidad de accesibilidad, el hecho que las apuestas online no estén mal vistas socialmente, la inmediatez y el anonimato y junto a ello, las empresas de microcréditos.
Estamos ante un grave problema de salud pública.
Y por tanto es necesario poner mecanismos de prevención.
Foto Irene Lingua
El pasado diciembre, Unidos Podemos solicitó en la Comisión Mixta para el Estudio de las Drogas la prohibición de la publicidad de apuestas deportivas, juegos de azar o de apuestas, propuesta respaldada por las distintas asociaciones que trabajan en la ayuda a personas adictas al juego. Nos quedamos solos votando a favor de la iniciativa, PP, PSOE y C´S votaron en contra. Demasiados intereses económicos detrás.
También hemos solicitado que los estudios de prevalencia del trastorno de juego y el observatorio sobre ludopatía se lleven a cabo desde el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en el seno del Consejo Interterritorial de Salud, porque aunque parezca mentira a día de hoy se hace por la Dirección General de Ordenación del Juego que depende del Ministerio de Hacienda, símbolo de que lo que prima es la recaudación y no el problema de salud.
¿Y el gobierno que va a hacer?
Pues nada o peor, lo potencia o eso parece, prima el interés-económico de algunos (el volumen de negocio del gremio del juego online es de unos 13.000 millones) sobre lo que debería ser el interés general.
Con la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 el gobierno va a convertir de facto a Ceuta y Melilla en una suerte de paraíso fiscal para las empresas de juego online y así intentar atraer a una gran mayoría de ellas ahora instaladas en Gibraltar o Malta y además regala a las empresas del juego online una rebaja fiscal. Una actividad que actualmente apenas aporta 52´7 millones a las arcas públicas ni genera prácticamente empleo.
Decir juega con responsabilidad mientras estimulas a la sociedad con una matraca de publicidad y accesibilidad e incentivos fiscales al juego es de una gran hipocresía. Y un gran peligro. Al ritmo que vamos de aquí unos años nos costará un dineral ayudar y dar cobijo a todos los casos de ludopatía que vamos a provocar con la inacción. De aquellos polvos vendrán estos lodos.
En el tema del juego online, gana la banca y pierde la sociedad.
(Artículo publicado originalmente en el Diario Público el 20 de mayo de 2018)

domingo, 1 de abril de 2018

BANDERAS A MEDIA ASTA POR EL ESTADO ACONFESIONAL.


Llega la Semana Santa y se acrecientan los homenajes del gobierno al artículo 16.3 de la Constitución, tal y como vemos en las noticias de ésta última semana: los ministros de Defensa, Interior y Justicia incluyen en su agenda oficial su participación en procesiones y diversos actos religiosos a celebrar en estas fechas.
Asimismo en los cuarteles militares y en el Ministerio de Defensa volverá a ondear la bandera a media asta para conmemorar la muerte de Jesucristo. El gobierno seguirá con la tradición e indultará a cinco presos a petición de cinco cofradías religiosas.
¿Son respetuosas todas estas decisiones con lo prevenido en el artículo 16.3 de la Constitución?. Nosotros creemos que no.
Hay que recordar que el artículo 16.3 de la Constitución española establece que ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones.
¿Es cooperación con la Iglesia católica que ondee la bandera a media asta en los cuarteles militares en un Estado aconfesional o es otra cosa?.
De lo que estamos hablando es de si la institución pública de un país, que según el artículo 16 es aconfesional, puede exhibir simbología, organizar, motivar o iniciar actividades de una determinada confesión religiosa.
Es cierto que la Constitución, tras declarar la aconfesionalidad del Estado, hace una especial referencia nominal a la religión católica teniendo en cuenta nuestra tradición cultural. Es obvio, no obstante, que obedece al momento en que nace la Constitución y entiendo que con el objetivo de desengancharse de forma suave del nacionalcatolicismo de la etapa franquista previa.
Pero con el gobierno del Partido Popular vamos para atrás y se sigue comprometiendo la necesaria neutralidad del Estado. Las instituciones públicas o sus miembros, cuando actúen como tal, no deberían poder realizar o participar en ritos religiosos ni hacer apología mediante símbolos o declaraciones. Las creencias personales de los cargos políticos, en tanto personas que son, merecen todo el respeto, como no puede ser de otra manera en un Estado constitucional y democrático. Las personas pueden tener o no creencias, pero las instituciones no las tienen. Confundir las creencias personales de índole religiosa con la función institucional que se ha de desempeñar es un grave error, como también lo es apelar a la tradición para seguir manteniendo la simbología religiosa en los actos públicos.
Ya pedimos hace unos meses en el Senado, después de interpelar al Ministro de Justicia, Rafael Catalá, un protocolo de obligado cumplimiento en todos los niveles (central, autonómico y local) por el que se garantice la no confesionalidad del Estado en los actos oficiales organizados por la Administración, por los representantes públicos y Fuerzas Armadas y de orden público con escaso éxito, debido a la oposición de la mayoría absoluta del Partido Popular.
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Es necesario afrontar en el siglo XXI un profundo debate sobre la separación Iglesia católica-Estado y dejar de mezclar la religión con la política y el Estado. La garantía de neutralidad es, además, una exigencia necesaria para hacer efectiva la igualdad, porque lo contrario implicaría un tratamiento discriminatorio hacia aquellos que no comparten los valores impuestos de una forma u otra por el aparato estatal.
El Tribunal Constitucional ha manifestado reiteradamente que el artículo 16.3 veda cualquier confusión entre funciones religiosas y funciones estatales. En la Sentencia 34/2011, de 28 de marzo, el Tribunal Constitucional dice que claramente que en un sistema jurídico político basado en el pluralismo, la libertad ideológica y religiosa de los individuos y la aconfesionalidad del Estado, todas las instituciones públicas han de ser ideológicamente neutrales.
¿Es ideológicamente neutral ondear las banderas a media asta?.
¿Es ideológicamente neutral incluir en la agenda pública de un ministro (de todos, creyentes o no) la asistencia a un acto religioso?. 
En palabras del profesor de filosofía Antonio Aramayona, el verdadero frentismo o polarización entre lo público y lo privado se debe al cerril mantenimiento de lo privado dentro de lo público o en lugar de lo público. Las instituciones públicas deben ser neutrales ante el hecho religioso, por respeto al conjunto de las confesiones y por respeto, también, al libre pensamiento.
Es hora de asegurar ya de una vez una efectiva separación entre Iglesia y Estado, porque a este paso, las banderas a media asta las tendremos que poner por la muerte del Estado aconfesional que (en teoría) proclama la Constitución.
(Artículo publicado originalmente en el Diario Público el 29 de marzo de 2018).

sábado, 3 de febrero de 2018

LLEGA EL MALDITO FEBRERO


“En relación a la pregunta de referencia, se informa que la caza es competencia de las Comunidades Autónomas, por ello, el gobierno no tiene previsto prohibir la caza con perros”.
Ésta es la escueta respuesta por parte del gobierno a las tres preguntas que recientemente le formulé:
-¿Tiene previsto el gobierno en coordinación con las Comunidades Autónomas algún tipo de actuación para reducir el número de perros de caza abandonados?.
-¿Tiene previsto el gobierno en coordinación con las Comunidades Autónomas algún tipo de control administrativo al finalizar la presente temporada de caza?.
-¿Se ha planteado el gobierno prohibir la caza con galgos como están solicitando protectoras y organizaciones no gubernamentales animalistas?.
La única pregunta a la que ha dado respuesta directa el gobierno es ésta última, no vamos a prohibir la caza con galgos. Las otras dos las responde por omisión: No vamos a hacer nada.
El gobierno se lava las manos con la excusa de que es una competencia autonómica. Ahora bien cuando las Comunidades Autónomas legislan sobre maltrato animal el gobierno recurre al Tribunal Constitucional como ha ocurrido con la prohibición de las corridas de toros en Cataluña o con la prohibición de sacrificar a los toros en las corridas en las Illes Balears.
Pero el problema de los perros de caza, principalmente galgos y podencos es grave. Diversas organizaciones y protectoras alertan que  el número de perros de caza abandonados está aumentando exponencialmente en los últimos tres años y que la situación va a peor, abandono en calles, campos y carreteras, muchas veces heridos y con fracturas, sobre todo en la época de caza.
También denuncian un aumento muy significativo de cachorros que lo atribuyen a que la selección y descarte de los perros se está haciendo ahora a edades más tempranas y temen la llegada del mes de Febrero cuando acaba la temporada de caza al verse desbordadas y sin medios ni recursos para hacer frente a esta situación.
Se calcula que, de raza galgo, 50.000 perros son abandonados cada año al finalizar la temporada de caza, si bien los datos oficiales no reflejan esta realidad. Así según los datos ofrecidos por el gobierno a preguntas de mi compañera Maribel Mora, en 2016 fueron incoadas 113 infracciones penales relativos a galgos y 151 en relación a otros perros de caza y 1.401 infracciones administrativas relativas a galgos y 2.183 en relación a otros perros de caza.

Según datos de la propia Guardia Civil, alrededor del 40% de los perros afectados por algún tipo de maltrato animal son galgos y otros perros de caza.
Sea como sea, las cifras abruman y rara es la semana que no vemos duras imágenes de galgos abandonados malheridos y famélicos, muertos en el fondo de pozos o ahorcados en árboles y los refugios y protectoras no dan abasto.
El Estado español sigue siendo el único de la Unión Europea que permite la caza con galgos.
Estamos en una legislatura que creo (y deseo) será de inflexión en relación a los derechos de los animales. La prohibición de cortar el rabo a los perros, también a los de caza, el apoyo unánime para considerar a los animales seres sintientes y no cosas y algunas iniciativas pendientes de debatirse como incluir en la educación la empatía hacia los animales o la recientemente presentada iniciativa para incluir en el Código Penal el maltrato a animales salvajes no dejan de ser un reflejo del sentir social sobre la defensa de los derechos de los animales.
Y también, cada día son más las voces que reclaman la prohibición de la caza con perros por el maltrato que conlleva.
Y llega febrero, y termina la temporada de caza en España. Y empieza Febrero, el miedo de los galgos. Título de un recomendable documental sobre la realidad en España de los galgos.
El 4 de febrero, se van a celebrar en 31 ciudades españolas y en otras ciudades de Francia, Italia y Bélgica manifestaciones contra la caza y el abandono, maltrato y matanza de perros llamados de caza. Allí nos veremos y bien acompañados.
(Artículo publicado originalmente en la Revista Treball el 1 de febrero con el título Arriba el maleït febrer)

miércoles, 27 de diciembre de 2017

2017: OTRO AÑO DE OLVIDO PARA LAS VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO.

Se acaba el año 2017 y se acaba sin reformas legislativas que incidan en los derechos a la Verdad, Justicia y Reparación de las víctimas del franquismo y sin presupuesto para la aplicación de la Ley de Memoria Histórica. 

Y ello a pesar que la Comunidad internacional ha reiterado este año, una vez más, toda una serie de recomendaciones al Gobierno español para que investigue los crímenes cometidos por la dictadura franquista.

Desde el informe del Grupo de Trabajo sobre desapariciones forzadas o involuntarias de Naciones Unidas que constata con preocupación que la mayoría de sus recomendaciones contenidas en su informe relativo a su visita a España del 23 al 30 de septiembre de 2013 no se han llevado a cabo. a las 31 recomendaciones a las autoridades españolas de la Comisión de Peticiones del Parlamento europeo en relación a la trama de bebés robados durante el franquismo, o al Relator especial de Naciones Unidas que se ha visto obligado a conminar públicamente al Estado español para que dé explicaciones sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a las recomendaciones que les formuló en 2014.

Conviene recordar que incumplir las recomendaciones internacionales vulnera principios básicos del estado de derecho, pero parece que ello no preocupa en exceso al gobierno del Partido Popular.

ONG´s como Amnistía Internacional han seguido denunciando la falta de investigación y colaboración por parte de España para investigar crímenes de derecho internacional cometidos durante la guerra civil y el franquismo. Y han solicitado al gobierno español, compilando las recomendaciones de los organismos internacionales, entre otras medidas:

-La adhesión a la Convención de Naciones Unidas sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad.

-La adopción de medidas para aplicar las recomendaciones de los órganos internacionales en relación con la Ley de Amnistía.

-Impulsar medidas legislativas para garantizar el derecho a la verdad de las víctimas y sus familiares (la conservación de archivos, la modificación de la ley de secretos oficiales, la exhumación de fosas, la promoción de la creación de una comisión de la verdad, ...).

-Promover iniciativas legislativas destinadas a la búsqueda e identificación de los niños y niñas que podrían haber sido víctimas de apropiación, desaparición forzada y/o sustitución de su identidad.

-Ampliar el reconocimiento y la cobertura de los programas de reparación para incluir todas las categorías de víctimas que hayan quedado fuera de los programas existentes y ampliar la cobertura del Estatuto de la Víctima a las víctimas del franquismo y la guerra civil.

-Impulsar medidas legislativas para hacer efectiva la nulidad de las sentencias adoptadas durante la Guerra Civil y el franquismo en violación de los principios fundamentales del derecho a un juicio justo.

Imprescindible para entender donde estamos en la actualidad la comparecencia de Eduardo Beltrán, director en España de Amnistía Internacional en la Comisión de Justicia del Senado a propuesta nuestra. Os recomiendo ver completa su comparecencia.

En el Senado cerramos el año discutiendo dos iniciativas referidas a las víctimas del franquismo, una moción del PSOE instando al Gobierno a reformar la Ley de la Memoria Histórica y a impulsar las políticas de su recuperación. Una iniciativa a mi entender, pobre e insuficiente, de una ley de memoria histórica que acaba de cumplir 10 años sin que se hayan cumplido sus objetivos. Las medidas propuestas por el PSOE se quedan cortas pues solo inciden en aquellas recomendaciones de los organismos internacionales menos contundentes pero omiten cualquier iniciativa para la reforma de la ley de amnistía o la adhesión al Convenio de imprescriptibilidad de los delitos de crímenes de guerra y de lesa humanidad. El problema del PSOE de tocar "hueso". Os dejo el enlace del debate parlamentario. La moción fue rechazada con el voto en contra del PP, que tiene mayoría absoluta en ésta cámara.

Resultado votación moción PSOE
La otra iniciativa fue la toma en consideración de la proposición de ley de reconocimiento y protección oficial de las víctimas del franquismo y de la memoria democrática del Estado español, a propuesta de Compromis. Es interesante escuchar todo el debate para conocer las posiciones de todos los partidos. Aquí la portavoz del Partido Popular cerró su "lamentable" intervención dirigiéndose al que escribe diciendo "No vengan Ustedes a dar lecciones de democracia y libertad al Partido Popular". Sin comentarios. La iniciativa como era de esperar en ésta Cámara fue rechazada.

Pero para acabar este post vamos a quedarnos con lo poco positivo del año, la aceptación de nuestra enmienda a los presupuestos generales del Estado para destinar 100.000 € para la creación de una plataforma tecnológica para atender a los afectados e investigar sobre perfiles genéticos en relación con los bebes robados o la aprobación de la proposición de ley de nuestro grupo en la Comisión de Infancia y Adolescencia del Congreso de los Diputados instando al gobierno a nombrar un fiscal que coordine las denuncias de bebés robados y otras medidas.

Quedan para este próximo 2018 diversas iniciativas ya puestas en marcha como la proposición de ley para la reparación jurídica de las víctimas del franquismo mediante la declaración de nulidad e ilegitimidad de los tribunales constituidos durante la guerra civil y el franquismo, así como de sus sentencias dictadas o las dos proposiciones de ley sobre modificación y declaración de nulidad de la Ley de Amnistía. Veremos. Hay que seguir.

Otro atisbo de esperanza es que el pasado 12 de diciembre, el Juzgado de Instrucción número 4 de Vergara admitió a trámite la querella interpuesta por el ayuntamiento de Elgueta (Guipúzcoa) referida a casos acontecidos entre 1936 y finales de los 70.

Como decía el relator de Naciones Unidad, Louis Joinet, para poder pasar página, hay que haberla leído antes. Pero algunas fuerzas políticas siguen sin querer leer.


viernes, 29 de septiembre de 2017

LEXNET. BRINDIS AL SOL. UNOS DINERILLOS Y A SEGUIR.

El pasado miércoles y a raíz de una interpelación al ministro de justicia sobre el funcionamiento de Lexnet se discutió en el Pleno del Senado una moción presentada por el PSOE (texto), por la que se instaba al gobierno a la adopción de determinadas medidas para la mejora del sistema informático LexNet.

A pesar de estar de acuerdo con el fondo de la moción, nuestro grupo parlamentario presentó una serie de enmiendas al entender que la moción se quedaba corta y demasiado genérica.

La moción con nuestras enmiendas hubiera quedado así:

El Senado insta al Gobierno a:

1) Proceder de manera inmediata a encargar una auditoría técnica externa al Ministerio, realizada por profesionales de reconocido prestigio y cuyo contenido y conclusiones deba ser público, sobre el proyecto del sistema informático usado para gestionar los expedientes judiciales, Lexnet, debiendo contener el Informe Técnico resultante de dicha auditoría al menos los siguientes trabajos:

a. Verificar el estado del servicio, la solvencia técnica del mismo, el código fuente y su configuración técnica actual, entre otros aspectos.

b. Analizar los fallos ocurridos desde su implantación y los motivos de tales fallos.

c. Proponga las mejoras que sea necesario implantar, así como los medios técnicos, económicos y humanos que permitan en el futuro afianzar su funcionamiento con plenas garantías de solvencia técnica, fluidez y operatividad.

2) En base a las conclusiones alcanzadas por el Informe Técnico de la Auditoría Externa realizada conforme al punto anterior, formular un replanteamiento del proyecto del sistema informático Lexnet, dotando al sistema de los medios técnicos, económicos y humanos que permitan garantizar su funcionamiento, operatividad y fluidez".  

3) En base a las conclusiones alcanzadas por el Informe Técnico de la Auditoría Externa realizada conforme al punto 1, dotar al sistema informático de la capacidad suficiente, para que el expediente digital en los juzgados sea posible, con el objetivo de papel cero en Justicia.

4) Establecer un diálogo abierto con todos los agentes vinculados a la Justicia, entre cuya finalidad estará al menos:

a. Detectar las necesidades de formación del personal adscrito al sistema judicial, dotando al mismo de los recursos que se consideren necesarios.

b. Detectar anomalías técnico-legales en el sistema, evitando que Lexnet exija en la presentación de escritos y resto de trámites procesales requisitos no previstos en la normativa de cada jurisdicción.

5) En caso de que la auditoría externa descrita en el punto 1, advirtiera graves errores del sistema imputables a las empresas o entidades adjudicatarias del proyecto Lexnet, cuyos datos deberán ser revelados públicamente, proceder a reclamar a las mismas, a través de la Abogacía del Estado, los daños y perjuicios generados.

6) Sin perjuicio de lo solicitado en los anteriores puntos, se proceda de manera inmediata al traspaso de la titularidad y gestión del sistema Lexnet del Ministerio de Justicia al Poder Judicial, garantizando la separación de poderes y la independencia del sistema judicial, articulando los medios e impulsando las modificaciones legislativas que fueran requeridas para ello.

Os dejo el vídeo de la defensa de las enmiendas y el video del turno de portavoz y la enmienda que presentó el PP.

Foto: Irene Lingua
La respuesta del PP fue que la moción era un brindis al sol que solo busca el desgaste. Que Lexnet es un sistema mejorable que necesita inversión y de ahí el anuncio de las inversiones económicas anunciadas por el Ministro de Justicia, además de acusar a mi grupo parlamentario de que quizás sabemos demasiado de informática y por eso nos dedicamos a hackear, gran motivación para discutir algo tan serio. 

Aquí tenéis todo el debate parlamentario. La moción fue desestimada. Lexnet sigue igual, ¿cuando se volverá a caer?. 




martes, 25 de julio de 2017

EL GRAN HERMANO JUDICIAL Y LA SEPARACIÓN DE PODERES.

Artículo publicado originalmente el 22.07.17 en El Huffington Post.

La pasada semana se debatió en la Comisión de Justicia del Senado una moción, que solicitaba la transferencia del alojamiento de la información y la gestión de la plataforma Lexnet a servidores exclusivamente dependientes del poder judicial, pues actualmente dependen del Ministerio de Justicia y además los servidores están alojados en dependencias de una conocida empresa de telefonía privada.

Foto: Irene Lingua
La propuesta de nuestro grupo parlamentario contó con el voto favorable del PSOE, la abstención de PNV y PDCAT y el voto en contra del PP.

Puede parecer un tema baladí pero no lo es en absoluto pues afecta a uno de los principios rectores de cualquier Estado de derecho, la separación de poderes. Es decir, las funciones legislativa, judicial y ejecutiva del Estado deben estar separadas, a fin de que se limite las facultades del gobierno y se protejan los derechos individuales.

Prueba de que el debate importa ha sido su repercusión en redes sociales. El vídeo del debate en la comisión de justicia ha tenido más de 2.000 reproducciones sólo en mi canal de You Tube en un par de días, cifra nada desdeñable cuando hablamos de un debate político de una comisión del Senado en un vídeo de 17 minutos.

Para los no iniciados en el mundo judicial les diré que Lexnet es una plataforma de intercambio seguro de información entre los órganos judiciales y una gran diversidad de operadores jurídicos. Tal y como está organizado el sistema actualmente, el Poder Ejecutivo dispone de toda la información que entra y sale del Poder Judicial en lo que se refiere a procedimientos judiciales (órganos judiciales, litigantes, profesionales intervinientes, objeto del litigio y, todo ello en tiempo real), es decir una especie de Gran Hermano judicial.

Imaginemos que todos los abogados y procuradores tuvieran que ir a la sede del Ministerio de Justicia a presentar todos los escritos y que todos los atestados policiales tuvieran que ser entregados en la sede del Ministerio de Justicia. Y después toda esa información en manos del Ministerio de Justicia la depositara en los almacenes de una empresa privada.

Si eso hubiera pasado antes de la revolución tecnológica nos hubiéramos llevado las manos a la cabeza por ser contrario a la separación de poderes. Bueno, pues eso es lo que está pasando hoy en día con Lexnet.

El sistema LexNet es un ejemplo perfecto de ausencia de reflexión sobre cómo debe diseñarse la separación de poderes en la era digital. Es lo que denominó el filósofo estadounidense Langdon Winner en 1978 como “sonambulismo tecnológico” para aludir a la falta de conocimientos tecnológicos básicos en aquellos líderes con responsabilidades de gobierno.

Necesitamos otra arquitectura de la información para el Estado del siglo XXI y no la que irreflexivamente nos han implantado.

En palabras del abogado y doctor en filosofía de la tecnología Javier de la Cueva:”De esta manera, mediante la ejecución de una tecnología hemos inoculado en el sistema político un permiso al poder ejecutivo para acceder a unos datos, permiso que sería impensable concedérselo mediante una ley”.

¿Tenemos que creernos que se va a respetar la absoluta confidencialidad de Lexnet por un gobierno que ya ha dado muestras sobradas de su injerencia en el poder judicial?.

Lamentablemente el único argumento de la representante del PP fue Venezuela.

El debate se traslada ahora al Congreso de los Diputados, donde mi compañero Jaume Moya ya ha presentado una proposición de ley en el mismo sentido. Repito, un debate de calado sobre la separación de poderes en el siglo XXI. Esperemos al menos un debate sosegado y de profundidad. 

(os dejo el link del interesante debate de la moción).




viernes, 14 de julio de 2017

REFORMA LEY DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA: PRIMERAS ALARMAS ROJAS

El pasado 21 de junio se publicó en el BOE la reforma de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita (texto).

La reforma fue aprobada con el voto a favor de todos los grupos parlamentarios excepto el nuestro que voto en contra. Todas las enmiendas presentadas fueron rechazadas, entre ellas las nueve enmiendas que presentamos nosotros que giraban en torno a tres ejes, la obligatoriedad de prestar el servicio debe ser de los colegios de abogados y no de los abogados, el cambio de denominación "indemnización" por "retribución" y el derecho a la asistencia jurídica gratuita a las organizaciones medioambientales.

Ya dijimos que no se pueden arreglar problemas como era solucionar el desaguisado interpretativo de la Dirección General de Tributos creando otros mayores y la reforma lo que hace es un cambio de 180 grados en el sistema del turno de oficio, en el sentido que todos los colegiados han quedado automáticamente adscritos al Turno de Oficio, salvo que la Junta de Gobierno de cada colegio expresamente les dispense de figurar adscritos a uno o a varios de esos turnos.

Se nos criticó especialmente por parte del portavoz del grupo popular por no apoyar la ley acusándonos de no enterarnos y afirmando que votar en contra de esta proposición de ley era "dar la espalda a los abogados, a los procuradores y también a los ciudadanos". 

Os dejo el enlace del debate de la aprobación de la proposición de ley que se produjo en el Pleno del Senado.



Pues bien, sólo han pasado tres semanas de su publicación y empiezan a encenderse las alarmas rojas. 

-En fecha 30 de junio de 2017, la Dirección General de Tributos, organismo dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, ha emitido una resolución interpretativa de los efectos tributarios de la modificación operada por la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. con las dos nuevas notas características del nuevo sistema del turno de oficio: obligatoriedad y gratuidad

Pues sí, la nueva regulación de la asistencia jurídica gratuita se fundamenta en el carácter obligatorio para los profesionales, abogados y procuradores, que deban realizar la prestación para dar cumplimiento al mandato contenido en el artículo 119 de la Constitución, así como que esta prestación será realizada a título gratuito por los referidos profesionales.

-La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona ha acordado aplicar la dispensa prevista en el articulo 1.2 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, a los abogados y abogadas que actualmente no se encuentran en situación de alta en el turno de oficio.

Al ver esto me viene a la cabeza las palabras que me dedicó el portavoz del grupo popular, "Quiero aclararle otra cosa y es que yo creo, de verdad, que no se enteran. La obligatoriedad no es de los colegiados, es de los colegios profesionales, de los colegios de abogados y de los colegios de procuradores ...".

Claro, por eso los colegios de abogados empiezan a aplicar dispensas. ¿Si la obligatoriedad fuera de los colegios y no de los profesionales a qué viene la dispensa?.

-El Colegio de Abogados de Madrid rechaza la obligatoriedad del turno de oficio en los actos del Día de la Justicia Gratuita.

Según informa Europa Press, la decana del Colegio de Abogados de Madrid, Sonia Gumpert, se ha significado contra la reforma legal que supondrá la obligatoriedad de inscripción de los letrados al sistema del turno de oficio.

"No puede suponer una decisión forzosa, involuntaria y obligada para los abogados, porque eso supondría una merma de la calidad del servicio tal y como lo tenemos concebido por especialidades".

Lo que me sorprende es que ahora se alce la voz cuando la llamada abogacía institucional se posicionó en todo momento a favor de la reforma y las únicas que alzaron la voz y se posicionaron contra la reforma fueron algunas asociaciones de abogados del turno de oficio.

De hecho así, me lo dijo el propio portavoz del grupo popular, "A mí me llegan de colegios de abogados, de colegios de procuradores y también de sendos consejos generales las bondades de esta proposición de ley".

Pues nada, será que no nos enteramos o somos muy mal pensados pero a mí me da que este 2017 no teníamos nada que celebrar en el Día de la Justicia Gratuita y del Turno de Oficio el pasado 12 de junio. ¿Qué piensan Ustedes?.