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domingo, 29 de junio de 2014

NOTICIAS PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA SEMANA (23.06.14/29.06.14)

-Tres detenidos y cinco imputados en Madrid y Sevilla por copiar y escanear libros.

La Policía Nacional ha detenido a raíz de una denncia de CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos) a tres personas por copiar y escanear libros a gran escala. Se han practicado ocho registros en copisterías de Madrid y Sevilla, incautándose más de 1.300 ejemplares ilegales.

-Condena en Italia al administrador de dos sitios web por compartir archivos piratas y a sus padres por usar su cuenta bancaria para los ingresos por publicidad.

El administrador de los dominios scaricolibero.com y filmgratis.tv ha sido condenado a 22 meses de prisión por infracción de derechos de autor y sus padres también fueron condenados a 10 meses de prisión por blaqueo de capitales al ser los titulares de la cuenta donde se realizaban los ingresos publicitarios.

-La mitad del software que utilizan las empresas españolas es pirata.

Informaba esta semana "El Confidencial" que casi la mitad (45%) del software instalado en los PC de España no era licenciado, lo que supone un valor comercial superior a los 758 millones de euros.

A diferencia de otros países del entorno occidental donde se ha ido reduciendo año a año el uso de software no autorizado en España sigue aumentando el uso de software no autorizado, lo que nos deja a 16 puntos de la media de Europa Occidental.

La región con la tasa más alta de software sin licencia fue Asia-Pacífico con un 62%, seguida por Europa Central y Oriental con un 61%. En el polo opuesto, Norteamérica es la región del mundo con la tasa más baja de software sin licencia con un 19%.

-Human Rights Watch solicita a Arabia Saudí que aclare si está infectando los teléfonos móviles con malware de vigilancia.

Una de las nuevas modas de espionaje de los gobiernos parece ser infectar con malware los teléfonos de las personas que quieren vigilar. Así por ejemplo, Human Rights Watch denuncia que la empresa de investigación Citizen Lab ha identificado una versión maliciosa en la aplicación Android Qatif, que proporciona acceso móvil a las noticias e información relacionada con la ciudad de Qatif en Arabia Saudí. Al descargarse la aplicación infecta al teléfono con spyware que permite acceder a los correos electrónicos, mensajes, facebook o whatsapp del usuario.

Dicho malware al parecer procede de una empresa italiana que únicamente vende sus productos a los gobiernos.

Qatif es una zona de mayoría chiita donde recientemente se han producido multitud de protestas y unas cuantas duras condenas a activistas de derechos humanos.

-La industrial del cine intenta implicar a la industria de la publicidad en su lucha contra la piratería en internet.

El esfuerzo de la industria del cine se esta centrando últimamente en eliminar los anuncios de las páginas web que facilitan el acceso a archivos infractores de los derechos de autor. Creen que será más fácil eliminarlos dejándolos sin ingresos.

-Página web china multada con 42 millones de dolares por infracción de derechos de autor.

La empresa Shenzhen QVOD Technologies Co. Ltd. deberá pagar una multa de unos 42 millones de dolares por infracción de derechos de autor. La multa se corresponde tres veces a las ganancias ilegales obtenidas por la emisión de películas y series de televisión de forma fraudulenta. La página web tenía una base de usuarios de unos 300 millones.

-La Corte Suprema de EEUU declara inválidas las patentes de software sobre ideas abstractas.

Las patentes de software han recibido un duro golpe en USA. En una decisión unánime la Corte Suprema determinó la invalidez de una serie de patentes sobre sistemas bancarios por suponer una idea abstracta, acotando las patentes de software únicamente a las que propongan nuevas creaciones o procedimientos técnicos con mejoras concretas y no las que presentan únicamente complementos a procedimientos ya existentes.

-Otras noticias:

-Bélgica cierra 71 páginas web de venta de productos falsificados.

-Siguen las intervenciones de productos falsificados relacionados con el Mundial de Fútbol. Las Aduanas francesas intervinieron réplicas falsas del trofeo de la copa del mundo procedentes de China.

-Pena de 16 meses de prisión en el Reino Unido al administrador de la empresa Sinew Enterprises Ltd. por la venta de DVD´s falsificados.

-Tres detenidos en Reino Unidos por vender pintura para coches falsificada.

sábado, 28 de junio de 2014

LOS LÍMITES AL EJERCICIO DEL DERECHO DE DEFENSA DEL ABOGADO

Una reciente Sentencia de la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, de 29 de mayo de 2014, desestimó el recurso de apelación interpuesto por el acusado y confirmó la Sentencia condenatoria por un delito continuado de injurias dictada por el Juzgado de lo Penal nº 6 de Palma de Mallorca contra un abogado que ejercía en un procedimiento ejecutivo civil su propio derecho de defensa.

Los hechos básicamente son los siguientes:

Un abogado presenta demanda de reclamación de cantidad por honorarios no cobrados contra un empresario, que es además en la fecha de los hechos abogado en ejercicio. La oposición al monitorio se presenta fuera de plazo. No obstante en el escrito de oposición se vierten por el abogado demandado una serie de expresiones ofensivas tales como: "el demandante es un individuo que, por sistema actúa ilegal y criminalmente".

Posteriormente ya en el procedimiento de ejecución se presenta otro escrito en que aumentan el tono insultante, con perlas como "Sobre (este letrado) tenemos información para llevarle a la tumba, en este sentido se ha cavado su propia fosa, con toda su presunta actuación criminal ..."  o "El Juzgado no es la letrina ni el burdel del Letrado para que vaya intentando colar engaños y afirmaciones inexactas por donde puede ...", entre otras.

Interpuesta la correspondiente denuncia por un delito de injurias, el abogado demandado ha sido condenado como autor de un delito continuado de injurias a la pena de 5 meses y un día de multa y a indemnizar al Letrado denunciante en 3.000 € para su entrega a Caritas.

La defensa del Letrado acusado alegaba que los escritos hay que inscribirlos en el ejercicio del legítimo derecho de defensa y de libertad de expresión, que no puede considerarse injurioso el contenido de un escrito dirigido al Juzgado en el marco de una determinada relación abogado-cliente criticando lo que se considera una indebida actuación profesional.

Sin embargo, la Audiencia Provincial señala que las expresiones utilizadas no se justifican en la libertad de expresión ni en el legítimo ejercicio del derecho de defensa en una controversia judicial. Añade que "Es cierto que la libertad de expresión del abogado en el ejercicio de la actividad de defensa supone una cualificación de este derecho, por su relación con el artículo 24 CE, pero no la ilimitación del mismo. El derecho a la defensa debe ejercerse dentro de los cauces legales sin lesionar la dignidad de otra persona, sin llegar al insulto ni a la descalificación gratuita".

Afirma la Sentencia que las expresiones vertidas por el Letrado condenado son insultantes, difamatorias, atentan contra el prestigio profesional del sujeto pasivo y son gratuitas. Y finaliza su argumentación con un contundente "Con ellas no se defiende nada, se ofende gratuitamente", concluyendo que las expresiones contienen un claro animus iniurandi ajeno por completo al ejercicio del derecho de defensa, pues se trata de ofensas gratuitas que responden a la voluntad del acusado.

En definitiva los abogados tenemos una gran libertad de expresión para la defensa de nuestros argumentos pero lo que en absoluto reconoce el derecho de defensa es el derecho al insulto.

Así ya lo decía, entre otras, la Sentencia del Tribunal Constitucional 299/2009, de 23 de octubre (BJC-307), la libertad de expresión e información del Abogado no es ilimitada ni ampara el desconocimiento del mínimo respeto debido a las demás partes presentes en el procedimiento, y  a la autoridad e imparcialidad del Poder Judicial. Argumentos que quizás habría que recordarle a algún ilustre miembro del Ministerio Público de recentísima actualidad.






domingo, 22 de junio de 2014

NOTICIAS PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA SEMANA (16/06/14-22/06/14)

-Juego de Tronos vuelve a ser la más pirateada de la historia.

El capítulo final de la cuarta temporada de Juego de Tronos batió un nuevo récord con 1´5 millones de descargas en 12 horas, esperando que las descargas lleguen a los 7´5 millones en los próximos días.

Tras la emisión del final de la temporada, 254.115 personas llegaron a estar compartiendo un mismo archivo de forma simultánea. El anterior récord lo tenía también Juego de Tronos con algo más de 200.000 personas descargando al mismo tiempo un capítulo. En cuanto a la localización de estas descargas ilegales, los países donde más se descarga la serie son Australia, Estados Unidos, Reino Unido y Canadá.

A pesar de que estos datos podrían ser preocupantes, el presidente de programación de HBO ha llegado a confesar la piratería "un complemente publicitario y un halago".

-Los Washington Redskins se quedan sin marca.

La Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos (USPTO) en un fallo histórico canceló seis registros de marcas del equipo de fútbol americano Washington Redskins al considerar que el término "Redskins" (Pieles Rojas) es un menosprecio a los nativos americanos, siendo pues, ofensiva. La demanda inicial fue interpuesta por cinco nativos norteamericanos.

Si bien la decisión no es firme, pues se puede apelar la decisión en el plazo de dos meses ante un tribunal federal puede suponer un problema futuro para su merchandising que su denominación no esté protegida como marca.

-Operación contra las falsificaciones en Reus y Salou (Tarragona)

La Guardia Civil realizó esta semana una operación contra la producción y distribución de copias audiovisuales y de ropa falsificada de conocidas marcas comerciales que acabó con la detención de 21 personas de nacionalidad senagalesa.

Se produjeron cuatro registros de domicilios, uno en Reus y tres en Salou donde se incautaron además grabadoras de alta definición, ordenadores portátiles, carátulas y estuches. A estos domicilios acudían a diario más de 50 personas que luego vendían en la calle.

-Desestimada una demanda por plagio contra Rosana en Uruguay.


Un Tribunal de Apelaciones de Uruguay confirmó que no había existido plagio en la canción "Soñaré" de Rosana confirmando la decisión previa de un Juzgado. Los demandantes Roberto Da Silva y Alberto Triunfo, dos artistas uruguayos defendían que la canción de Rosana era un plagio de su canción "Uruguay te queremos ver Campeón".


-Golpe contra la venta de productos falsos desde páginas web.


Europol y agencias USA han procedido contra 188 webs donde se vendía ilegalmente mercancía falsificada.

La operación fue coordinada por Europol para los Estados miembros participantes de la UE (Bélgica, Bulgaria, Francia, Italia, Rumania, España y el Reino Unido) y el IPR Center de EE.UU..


Estas páginas web no sólo comercializan productos de mala calidad, sino que también ponían en riesgo la información financiera personal que los compradores facilitaban. Los productos falsificados que más se comercializaban eran auriculares, camisetas deportivas, productos de cuidado personal, zapatos, juguetes, artículos de lujo, teléfonos móviles y accesorios electrónicos.


-Cuidado con las bebidas falsificadas.


En Gran Bretaña el pasado mes de abril falleció una chica de 23 años al consumir ginebra falsa que había sido mezclada con metanol.


-Breves:


-Según los Tribunales del Reino Unido la Wii de Nintendo infringe las patentes de control remoto de Philips.


-El pasado 20 de junio se cumplieron 174 años del registro de la patente de Samuel Morse del telégrafo eléctrico.


-La Liga de Fútbol Profesional arremete contra Google y las "telecos" por la piratería, a las que acusa de no querer cerrar paginas web con enlaces a contenido pirata.


-100.000 productos cosméticos falsos intervenidos en Arabia Saudí.


-Condena en USA de 50 meses de prisión por importar camisetas de la NFL, Nike y perfumes falsos procedentes de China.


-Los piratas están al tanto de las novedades. Intervienen camisetas falsas de la selección de Costa Rica en la frontera con Panamá.



lunes, 16 de junio de 2014

NOTICIAS PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA SEMANA (09/06/14-15/06/14)

-Presentación libro de Pau Miserachs

El pasado 10 de junio en el Pati de Columnes del Col·legi d’Advocats de Barcelona se presentó el nuevo libro de Pau Miserachs, "Estudios sobre la propiedad intelectual y sociedad de la información", con la participación del Decano del Colegio, Oriol Rusca, el abogado  Francesc Jufresa, ex-presidente de la Sección de Derecho Penal, Jordi Romaní Lluch, presidente de la sección de Derecho de la Competencia y la Propiedad Industrial, Jordi Bacaria, presidente de la sección de la Propiedad Intelectual i Derecho de la imagen y Joan Trigàs, director de la editorial Atelier.

-La camiseta de La Roja estrella de las falsificaciones por internet

La camiseta oficial de la selección española de fútbol era la reina de las falsificaciones en internet un día antes del comienzo del Mundial, pues un gran número de páginas web ofrecen falsificaciones de la equipación por unos 20€, frente a los 80€ de la original. Después del 5-1, la tendencia ha cambiado.

En Uruguay por su parte fueron intervenidas unas 10.000 pelotas "Brazuca" falsas.

-Operación mundial contra alimentos y bebidas falsas.

Una operación coordinada contra las bandas internacionales de falsificación se ha traducido en cerca de 100 arrestos y la incautación de un gran botín de comida y bebidas falsas.

Fueron incautadas más de 1.200 toneladas de alimentos falsos o de calidad inferior y cerca de 430.000 litros de bebidas falsificadas, con 96 personas detenidas en una operación en 33 países en América, Asia y Europa.

La Operación Opson, gestionada conjuntamente por la Interpol y Europol, se inició en 2011 para hacer frente a la producción y venta de productos falsificados como el Gorgonzola o Champagne, que aparte de suponer una infracción de los derechos de propiedad industrual representa un grave riesgo para la salud y los consumidores.  

-Gran auge de las falsificaciones de aplicaciones móviles.

Con el tremendo auge del mercado de las aplicaciones móviles lógicamente ya está creciendo el número de falsificaciones de estas aplicaciones. 

Flappy Bird, por ejemplo, es una de las últimas víctimas.
 
-Alibaba se compromete a vigilar mejor la venta online de productos falsificados.

El grupo chino de comercio electrónico Alibaba está tomando una línea más dura contra la venta de artículos falsificados en su página web y ello porque quiere introducirse en el mercado norteamericano.

-Otra denuncia de plagio, ahora le toca a Enrique Iglesias. 

El compositor e intérprete peruano Pelo D´Ambrosio ha denunciado que el reciente hit de Enrique Iglesias, "Bailando" es un plagio de su canción "Lejos de ti". Veremos.

-Gran redada contra la venta de productos falsificados en Oporto (Portugal).

Fueron intervenidos unos 182.716 artículos (prendas de vestir, perfumes, relojes, gafas de sol, bolsos y cinturones) 

-Intervenidos 28.000 artículos falsificados en Málaga y DVD y CD´s en Mérida.

La Policía Local de Málaga ha intervenido en una nave comercial del Polígono Guadalhorce 28.465 prendas y artículos falsificados, entre ellos 2.730 equipaciones de la selección española de fútbol. 

Por su parte, la Guardia Civil incautó cerca de Mérida 2.363 DVD y CD 'piratas' de música y películas en el interior de un vehículo, cuyo destino era la venta ilegal en la Feria de Plasencia (Cáceres) de este fin de semana.

-Defensa del derecho de propiedad intelectual de las faenas de los toreros.

Hugo de Patrocinio, licenciado en Derecho por la Universidad de Sevilla y becario en el Departamento de Derecho Civil e Internacional Privado, ha presentado un libro en el que defiende, con argumentos jurídicos, el derecho de propiedad intelectual de los toreros, en concreto de las faenas que realizan en el ruedo.

domingo, 8 de junio de 2014

NOTICIAS PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA SEMANA (02/06/14-08/06/14)

-¿Karl Lagerfeld plagia?

Karl Lagerfeld, el famoso diseñador de moda alemán, ha sido demandado el pasado 3 de junio por la marca deportiva New Balance, que le acusa de plagio de una de sus zapatillas deportivas y el formato de su conocido logotipo, pues la única diferencia es que cambia la letra K por la conocida N de New Balance. La otra diferencia es el precio, 370 dolares las del diseñador alemán y 112 dolares las de New Balance. 

Veremos que dicen los Tribunales.

-Victoria de Nintendo.

El Juzgado de lo Mercantil 8 de Barcelona ha estimado una demanda de Nintendo contra la tienda de componentes electrónicos Chipspain por la importación y venta de tarjetas R4 que permitían saltarse las medidas de seguridad implantadas por Nintendo y copiar juegos protegidos. 

-Descenso de las intervenciones y detenciones por infracciones contra la propiedad intelectual.

El Ministerio del Interior y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte han presentado el balance de las actuaciones contra las infracciones de derechos de propiedad intelectual.

Informan que la Sección 2ª de la Comisión de Propiedad Intelectual ha resuelto 362 solicitudes contra la vulneración de derechos de autor en internet de las 409 presentadas desde que inició su actividad, con 174 páginas web afectadas. 

Por su parte, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado realizaron 700 intervenciones por infracciones contra los derechos de propiedad intelectual y detuvieron o imputaron a 423 personas en 2013. Se incautaron además de 250.598 objetos valorados en más de 51 millones de euros. Lo que supone un 4´3% de detenciones menos y un 8´9% de objetos intervenidos menos con relación a 2012.

-El abogado general de la Unión Europea avala el derecho de las bibliotecas a digitalizar obras de consulta interna.

El pasado jueves, el abogado general de la UE reiteró que las bibliotecas pueden digitalizar sus colecciones de libros para su consulta en puestos de lectura electrónica aunque no cuenten con el acuerdo del autor. No así, el usuario, quien no esta autorizado a almacenar el libro digitalizado en una memoria USB ni hacer uso de la copia fuera de los puestos de lectura electrónica de la biblioteca.

Estaremos pendientes de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, si bien la mayoría de las ocasiones coincide con el criterio del abogado general.

-Dimite el Secretario General del Gremio de Artistas Falleros al ser acusado de plagio.

La acusación ha propiciado que haya dimitido. Se le acusa de haber usado en una hoguera parte del diseño de una figura que el artista Ramón Pla elaboró para otra falla. 

-Las empresas chinas ya demandan a las americanas por infracción de marca.

Si normalmente era al revés, ahora ya empiezan a cambiar las tornas. La empresa Shanghai Gaotong, un fabricante de semiconductores, anunció el jueves pasado que había presentado una demanda contra la empresa norteamericana Qualcomm por infracción de marca y competencia desleal por la que le solicitan una indemnización de más de 15 millones de dolares.

-Una fábrica de chocolate americana demanda a un fabricante de Colorado de comestibles de marihuana por infracción de marca.

La demanda fue presentada esta semana en la Corte de Distrito de Denver y se alega que la presentación de los comestibles de marihuana están envasados de una forma que puede confundir a los consumidores pensando que son dulces de chocolate de su marca en vez de productos de marihuana.

Ya se han dado casos de menores ingresados por intoxicaciones por comer por error ositos de homa, galletas o brownies de marihuana.

-Los Beastie Boys ganan una demanda por el uso de sus canciones en un video promocional.

El conocido grupo neoyorquino de hip hop y rap deberá ser indemnizado con 1´7 millones de dolares por  la empresa Monster Beverage por utilizar parcialmente sus canciones sin autorización en una campaña promocional de una competición de snowboard. Uno de los miembros del grupo, ya fallecido, dejó escrito en su testamento la prohibición de usar sus canciones con fines comerciales.

-El Juzgado de lo Penal 16 de Barcelona ha dictado una interesante Sentencia en la que absuelve al acusado de los delitos contra la propiedad intelectual, falsedad documental y estafa por los que venía siendo acusado. 

Resumidamente se trataba de dos antiguos socios que separan la sociedad de producción y comercialización de mapas y hacen dos sociedades separadas una para la producción y otra para la comercialización para posteriormente romper relaciones. Sin embargo los mapas creados hasta esa fecha constaban registrados a nombre de los dos aunque el denunciante se otorgaba su titularidad, quien finalmente formula denuncia acusado a su ex socio de escanear y copiar sus mapas. 

El debate en el plenario fue muy interesante tanto en relación a la existencia de cesión o no de los derechos de propiedad intelectual como a la existencia de una obra nueva o de una nueva obra con las modificaciones introducidas en los mapas renovados con especial mención a la intervención de un experto como es el Sr. Oros, Registrador del Registro de la Propiedad Intelectual de Catalunya. 

martes, 3 de junio de 2014

¿ENRIQUECIMIENTO INJUSTO DEL ESTADO CON LOS INTERESES DE LAS CUENTAS DE CONSIGNACIONES JUDICIALES?

El otro día me llamó la atención una interesante noticia aparecida en Expansión con el título "Justicia gana 150 millones con los intereses de las fianzas".

Informaba la redactora que los depósitos y consignaciones judiciales, como las fianzas, supusieron unos ingresos de cerca de 7.000 millones de euros en 2013 que, al igual que otros activos, producen intereses financieros.

Dentro de este paquete de depósitos y consignaciones judiciales, no solo están las fianzas, sino también la responsabilidad civil, ingresos en concepto de costas judiciales, etc., cuyo beneficiario no es el Estado.

Los intereses se liquidan por el Santander (actual gestor de la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales) no al Ministerio de Justicia sino al Tesoro Público, dependiente del Ministerio de Economía, pasando a engrosar los Presupuestos Generales del Estado.

Lo primero que me viene a la mente al leer la noticia es en el asombroso enriquecimiento injusto del Estado.

Un Juzgado determina que han de indemnizar a alguien en 50.000 €. El penado o demandado abona la cantidad y el Secretario Judicial está tres meses para hacer el mandamiento de pago. ¿Quién se queda los intereses de esos tres meses?. El Estado. 

Y este ejemplo lo multiplicamos por los miles y miles de asuntos. Negocio redondo.

Otro ejemplo, me acusan de un delito y tengo que abonar una fianza de 100.000 € con la apertura de juicio oral. El juicio y la Sentencia firme tardan cinco años desde la apertura de juicio oral. Me absuelven y me devuelven los 100.000 €. ¿Los intereses de esos 5 años?. Para el Estado.

Y ello sin contar los entresijos a la hora de cobrar los mandamientos, cuando no está mal escrito el nombre del beneficiario (he tenido en mis manos más de uno a nombre de un personaje de dibujos animados en vez de estar a nombre de la sociedad titular del derecho). O cuando vas al Santander y te dicen que no coincide la firma del Secretario Judicial con la que tienen en el protocolo, venga, escrito devolviendo el mandamiento y otros dos meses para que te hagan uno nuevo.

Bueno, sin desviarme del fondo del asunto. ¿Es lícito que el Estado se adjudique unos intereses que no le pertenecen?.

Como señala el propio Tribunal Supremo en Sentencia de 21 de septiembre de 2010, ponente D. Rafael Gimeno-Bayón Cobos al analizar el enriquecimiento injusto:

"Nuestro ordenamiento positivo no regula de forma específica el enriquecimiento injusto, aunque en el propio Código Civil se contienen diversas manifestaciones de tal regla-como la prevista en el artículo 1158 y en el propio artículo 1145-, lo que no ha sido obstáculo para que haya sido reconocido como fuente de obligaciones por la Jurisprudencia que ha aplicado las reglas clásicas- "nemo debetlucrari ex alieno damno" (nadie debe obtener lucro del daño ajeno), "Nemo cum alterius detrimento locupletior fieri debet" (nadie debe enriquecerse en detrimento de otro) recogidas en el derecho histórico - "E aun dixeron que ninguno non deue enriquescerse tortizeramente con daño de otro" (Séptima Partida Título XXXIIII Regla XVII).

Ahora bien, para que haya lugar al enriquecimiento injusto es precisa la concurrencia de los siguientes requisitos:

1) Que el demandado haya experimentado un enriquecimiento, ya sea aumentando su patrimonio, ya evitando su disminución.

2) Que tal incremento carezca de razón jurídica que lo sustente.

3) Que cause un correlativo empobrecimiento del demandante, ya sea provocándole un detrimento patrimonial, ya frustrando una ganancia."

Ustedes decidirán pero yo diría que lo que hace el Estado tiene un encaje claro en la definición del enriquecimiento injusto. Si al menos el dinero recaudado por los intereses se dedicara a la justicia gratuita y a la eliminación de las tasas judiciales ... tendríamos un atenuante pero ni eso.