tag:blogger.com,1999:blog-8104780383447769016.post5556961331721463950..comments2023-10-08T16:13:03.755+02:00Comments on EL BLOG DE JOAN COMORERA : LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL EN LOS DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL.JOAN COMORERAhttp://www.blogger.com/profile/05847079440981452624noreply@blogger.comBlogger2125tag:blogger.com,1999:blog-8104780383447769016.post-32220186945949340032015-01-06T20:45:02.160+01:002015-01-06T20:45:02.160+01:00Hola Jordi,
Gracias por tus comentarios. El proye...Hola Jordi,<br /><br />Gracias por tus comentarios. El proyecto de reforma incluye la eliminación de todas las faltas penales no solo las de propiedad intelectual, es decir que por la vía penal todo será delito. Es decir que muchos hechos que ahora son calificados como falta pasarán a ser castigados administrativamente (sin el control judicial previo y en manos de la administración) y ello hay que enlazarlo con la Ley de Seguridad Ciudadana (la conocida Ley Mordaza) y las tasas judiciales en la jurisdicción contencioso-administrativa. <br /><br />Comparto tus comentarios sobre los sobreseimientos subjetivos. Un hecho objetivamente tiene que ser delito o no (es decir típico o atípico). Otra cosa es que en función de la gravedad de los hechos la pena sea proporcional, pero dejar unos critierios tan subjetivos nos acerca a la arbitrariedad.<br /><br />P.D. Cierto. Es absurdo. JOAN COMORERAhttps://www.blogger.com/profile/05847079440981452624noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8104780383447769016.post-35795606970066247442015-01-06T20:20:04.836+01:002015-01-06T20:20:04.836+01:00Hola Sr Comorera.
Hay una frase que no acabo de d...Hola Sr Comorera. <br />Hay una frase que no acabo de digerir en su exposición ( muy clara y muy acertada en mi humilde opinión), donde dice que desaparecen las faltas penales del CP.... se refiere a todas o solo a las de la propiedad intelectual e industrial?<br />Comparto su idea de que las circunstancias de los hechos pueden ser comunes pero la motivación de quien las lleva a cabo pueden ser muy diversas y que por tanto el juzgador pueda tener un margen de aplicación en la norma para que no se castige de igual manera una motivación que otra (proporcionalidad) pero suprimir la via penal por "escasez de importantancia" del hecho tipificado como falta.... creo que puede dar lugar a sobreseimientos subjetivos.<br />P.D: a este paso nos van a limitar la voluntad de ceder nuestro diario a otra persona para que se lo lea (no viene a ser lo mismo que facilitar un enlace y que lo use quien quiera?)Jordihttps://www.blogger.com/profile/02794709566050097882noreply@blogger.com